• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: CARLOS JOSE NUÑEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 5/2025
  • Fecha: 22/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se alega en el recurso contra la condena de que fue objeto el recurrente por la comisión de un delito leve de hurto, la prescripción del mismo y señala la sentencia de apelación que para resolver tal cuestión ha de partirse de que son dos los momentos de cómputo del plazo de prescripción, un primer plazo, que se inicia desde la fecha de comisión de la infracción hasta que se dirija el procedimiento contra el culpable, y un segundo supuesto, diferenciado del anterior, en el que el procedimiento penal se ha incoado dentro de plazo, pero ha estado paralizado durante los plazos de prescripción previstos en el artículo 131 del Código Penal, pudiendo se apreciada de oficio la prescripción por el Tribunal ad quem si concurren los presupuestos para ello, al tratarse de un procedimiento penal, considerando que, en el caso presente tras el examen de las diligencias practicadas en el procedimiento no han transcurrido los plazos del art. 131 CP para decretar la prescripción que se solicita. Frente a la invocación que se efectúa en el recurso de error en la valoración de la prueba y a la inexistencia de puebas de cargo para desvirtuar la presunción de inocencia, se señala por el órgano de apelación que un examen de lo actuado y, en especial, del juicio celebrado, permite constatar como la acusada se conformó y reconoció expresamente los hechos en presencia de su asistencia letrada, con todas las garantías, sin que se denuncie en la apelación la existencia de coacción alguna o perturbación en la voluntad de la acusada para prestar dicha admisión de los hechos de manera rotunda, con defensa técnica, por lo que la conformidad prestada es suficiente para la enervación de la presunción de inocencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Teruel
  • Ponente: AMPARO BIENVENIDA MONGE BORDEJE
  • Nº Recurso: 140/2025
  • Fecha: 22/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Revoca parcialmente la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de conducción o custodia en concurso real con un delito de resistencia a agentes de la autoridad, y dispone la libre absolución del acusado por el delito de resistencia. Acusado que estando detenido y al ser conducido en un vehículo policial, simulando un vómito aprovecha la acción para empujar a los agentes y salir huyendo, siendo detenido después de tres horas. Resistencia a agentes de la autoridad en su modalidad de resistencia activa no grave. Conducta realizada por el acusado guiados exclusivamente por el afán de zafarse del agente con el único propósito de darse a la fuga, en ningún caso de menoscabar el ejercicio de las funciones públicas encomendadas al agente de policía. Principio de inexigibilidad de otra conducta que impide calificar la conducta como ilícito de desobediencia a la orden policial de detención.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO DEL MORAL GARCIA
  • Nº Recurso: 8444/2022
  • Fecha: 22/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se interpone recurso de casación contra la Sentencia de Apelación dictada por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid , que desestimó el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid, que condenó al recurrente como autor de un delito de agresión sexual. Ante la alegación de la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, se analizan las limitaciones de ese motivo de casación, que no habilita para una revisión probatoria total. En cuanto a la retroactividad de la norma penal favorable, promulgada mientras la sentencia pende de recurso, se estima el motivo relativo a la aplicación retroactiva de la legislación posterior, al ser favorable al reo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: MARIA ALMUDENA CONGIL DIEZ
  • Nº Recurso: 790/2024
  • Fecha: 22/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre la condena impuesta a una persona como autora de un delito leve de apropiación indebida, consistente en haberse apoderado sin autorización y con ánimo de lucro de 3.223,93 euros pertenecientes a su ex pareja, titular exclusiva de la cuenta bancaria de la que se extrajo el dinero. Se elega por la recurrente error en la valoración de la prueba y vulneración de la presunción de inocencia, argumentando que la cuenta era de cotitularidad y que esperaba un ingreso judicial, negando el ánimo de lucro y la intencionalidad ilegítima, además de cuestionar la proporcionalidad de la pena impuesta. En la alzada tras revisar la grabación del juicio oral y la prueba documental, se concluye que la valoración de la prueba realizada por el juzgador de instancia fue lógica, coherente y debidamente motivada, respetando los principios constitucionales y procesales, considerando acreditado que la apelante extrajo y se apropió del dinero que pertenecía exclusivamente a su ex pareja, quien había reclamado su devolución sin éxito. Se considera que la versión exculpatoria carece de credibilidad, especialmente porque el ingreso no procedía de un órgano judicial y la apelante había facilitado otra cuenta para el cobro de alimentos. Asimismo, se consideró adecuada la cuota diaria de multa impuesta, cercana al mínimo legal, al no constar una situación de indigencia que justificara su reducción. Por tanto, se desestima íntegramente el recurso de apelación interpuesto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Santander
  • Ponente: PAZ MERCEDES ALDECOA ALVAREZ-SANTULLANO
  • Nº Recurso: 517/2025
  • Fecha: 22/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se apela el Auto que acuerda el cumplimiento de pena de privación de libertad, impuesta como responsabilidad personal subsidiaria, por impago de la pena de la multa y deniega la suspensión de la ejecución, porque estima que el apelante no es merecedor, ni de la suspensión ordinaria ni de la excepcional ni de su cumplimiento mediante trabajos en beneficio de la comunidad. La Audiencia desestima el recurso. Señala la Sala que la posibilidad de suspender las penas privativas de libertad, tanto la suspensión ordinaria como la excepcional, se condicionan a que "no se trate de reos habituales". El examen de la hoja histórico penal del apelanate evidencia que es delincuente habitual en el momento en que se ha resuelto sobre la suspensión, pues además de la condena de la que trae causa la presente ejecutoria, ha sido condenada por dos sentencias firmes anteriores por delito contra la seguridad vial, siendo las condenas reseñadas vigentes y sin que sean cancelables por no haber transcurrido los plazos que previene el art. 136 del CP. Por ello y, dada su condición de reo habitual, no procede la concesión de ningún beneficio, totalmente inviable, y es que el recurrente ha demostrado una reiterada persistencia en la ejecución de delitos de la misma clase, ignorando básicas reglas sociales, lo que le hace merecedor del cumplimiento carcelario, al objeto de que reflexione sobre las consecuencias de su actuar y evite incurrir en comportamientos similares en el futuro.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 10496/2024
  • Fecha: 21/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Alevosía: La diferente complexión la colocaba en un plano de inferioridad física, a la que se suma la minusvalía que la misma padecía en sus extremidades superiores, y el hecho de que el mortal ataque se produjera en el espacio de seguridad e intimidad que acota el domicilio, aun cuando lo fuera compartido con el agresor. Todo ello conformó una superioridad física, que reforzada con el factor sorpresa, consolidó una asimetría que eliminó cualquier posibilidad de actuación defensiva mínimamente eficaz. Ensañamiento: El método elegido por el acusado, envolviendo la cabeza de la víctima en una bolsa, supone la elección de una muerte lenta y angustiosa no solo desde que se corta la posibilidad de la respiración hasta que se fallece sino desde antes en el momento en que la víctima puede percatarse de la maniobra. Dolor que se incrementó con el cúmulo de lesiones y marcas apreciadas en el cadáver, especialmente en la zona de la cara, como signo inequívoco de una violencia ajena al mecanismo de la muerte e innecesaria a los fines del mismo. Agravante del art. 139.1.4º CP: Con la muerte de su compañera sentimental, el acusado buscó una facilitación objetiva para los actos de despojo patrimonial que denodadamente intentó, y que consiguió culminar en parte, ya que, además de sustraer los efectos personales, joyas, dispositivos electrónicos de la víctima, realizó e intentó diversas disposiciones fraudulentas sirviéndose de las tarjetas bancarias de la misma. Por tanto, su condena por los delitos de robo y estafa informática es también correcta.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: MARIA SOLEDAD BALAGUER GUTIERREZ
  • Nº Recurso: 27/2025
  • Fecha: 21/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se considera acreditado que los acusados poseían diversas sustancias estupefacientes cocaína, heroína, hachís, cannabis, metadona, benzodiacepinas, etc. destinadas a su distribución a terceros. La sentencia destaca el carácter formal del delito, su naturaleza de mera actividad y de peligro abstracto. Se desarrolla extensamente la prueba indiciaria para demostrar el ánimo de tráfico. Se valoran indicios como la cantidad y variedad de droga, su presentación en dosis, la existencia de balanzas de precisión, dinero fraccionado y las vigilancias policiales. Se rechazan las versiones exculpatorias de los acusados que alegan consumo propio o desconocimiento por inconsistentes con los hechos observados por la policía y con los informes periciales. Se sustituye parte de la pena por la expulsión del territorio nacional, al carecer los condenados de arraigo en España.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: LUIS MIGUEL COLUMNA HERRERA
  • Nº Recurso: 280/2025
  • Fecha: 21/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Ante la invocación del derecho fundamental a la presunción de inocencia cabe examinar si la sentencia de instancia se fundamenta en: a) una prueba de cargo suficiente, referida a todos los elementos esenciales del delito; b) una prueba constitucionalmente obtenida, es decir que no sea lesiva de otros derechos fundamentales; c) una prueba legalmente practicada, lo que implica analizar si se ha respetado el derecho al proceso con todas las garantías en la práctica de la prueba; y d) una prueba racionalmente valorada, lo que implica que de la prueba practicada debe inferirse racionalmente la comisión del hecho y la participación del acusado, sin que pueda calificarse de ilógico, irrazonable o insuficiente el iter discursivo que conduce desde la prueba al hecho probado. Delito continuado. Elementos: a) pluralidad de acciones, b) homogeneidad de las acciones, c) unidad de propósito delictivo o plan preconcebido, d) proximidad temporal y espacial, y, e) protección del mismo bien jurídico.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ADORACION MARIA RIERA OCARIZ
  • Nº Recurso: 7/2022
  • Fecha: 18/07/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Inversión de ganancias procedentes del narcotráfico en la adquisición de bienes muebles e inmuebles ocultando su titularidad con la ayuda de los otros acusados en el procedimiento. Observación e intervención de comunicaciones telefónicas realizadas con todas las garantías exigibles. Entrada y registro domiciliaria acordada en resolución debidamente motivada. No infracción del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley: la competencia para la instrucción y posterior enjuiciamiento de estos hechos está claramente definida en la norma previamente existente a la incoación del procedimiento. Prescindida la intervención en el proceso de una sociedad al tratarse de una persona jurídica interpuesta. Concurrencia en alguno de los acusados la excepción de cosa juzgada. Informes de inteligencia policial como prueba plenamente admisible. Reconocimiento al Servicio de Vigilancia Aduanera de su condición de Policía Judicial. Delito de blanqueo de capitales derivado del tráfico de drogas. Agravante de reincidencia. Decomiso autónomo.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERMIN JAVIER ECHARRI CASI
  • Nº Recurso: 417/2025
  • Fecha: 18/07/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Realización anticipada de bienes en el proceso penal. Requisitos y circunstancias en las que procede. Procedimientos a través de los cuales puede llevarse a cabo la venta anticipada. Toda medida cautelar en el seno del proceso penal, incluidas las reales, deben respetar los principios de idoneidad, excepcionalidad, necesidad y proporcionalidad. La resolución recurrida se limita a dejar sin efecto una encomienda efectuada a la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos (ORGA) para proceder a la realización anticipada mediante su venta de las licencias VTC, cuyo producto se pondrá a disposición de la administración judicial para la liquidación y disolución de la sociedad. Las Administraciones Judiciales han dado razones suficientes y de peso desde el punto de vista legal y económico para proceder de la forma que lo ha hecho el Instructor. La operativa mercantil generada en torno a las licencias de VTC tenía su origen en el blanqueo de fondos procedentes del narcotráfico, no entendiéndose por tanto la necesidad de mantener vigente dicha operativa. Ninguna vulneración del principio de proporcionalidad se produce.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.