• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
  • Nº Recurso: 214/2021
  • Fecha: 07/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se recurre por la empresa en casación ordinaria la sentencia, recaída en proceso de conflicto colectivo, que estima en parte la demanda y declara el derecho de los trabajadores a cumplir su jornada de trabajo conforme a lo recogido en el convenio de empresa. La Sala, tras recordar la doctrina relativa a los requisitos formales de la interposición del recurso, señala que el recurso adolece de un defecto insubsanable que impide su posible estimación, por limitarse a indicar en el primer motivo que la recurrida vulnera la doctrina recogida en una concreta sentencia de esta Sala IV, pero sin ofrecer fundamento jurídico ni identificar la normativa legal cuya infracción se denuncia, a lo que se suma que el recurrente parte de una situación fáctica distinta a la que se declara probada en la sentencia recurrida. Y el segundo motivo adolece de la misma falta de fundamentación y además se limita en el mismo la recurrente a citar una sentencia de un Tribunal Superior de Justicia que no constituye jurisprudencia en la que pueda fundarse el recurso de casación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 172/2023
  • Fecha: 07/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se cuestiona en el recurso la corrección de la SAN que desestimó la demanda de la RLT en impugnación de ERTE suspensivo en TORRASPAPEL, S.A.U. ERTE por causas productivas. El TS, tras recordar la doctrina existente sobre el alcance de las obligaciones informativas y documentales en los expedientes de despido colectivo, desestima el recurso y confirma la sentencia de la Audiencia nacional, porque las deficiencias -que no inexistencia, como se alega- del informe técnico no abocan necesariamente a la nulidad de la medida colectiva, pues queda acreditada la concurrencia de la causa y el periodo de consultas, precedido de una instancia previa de negociación en la que se debatió ampliamente sobre las causas alegadas, pudo cumplir su finalidad, efectuándose propuestas y contrapropuestas, e informándose incluso por la ITSS que la documentación aportada por la empresa era adecuada a lo exigido por la legislación vigente. Tampoco incumplió la empresa la obligación de establecer los criterios de designación de los trabajadores afectados: sí existen tales criterios, pues se designó como afectados a la totalidad de los trabajadores de todos los centros de trabajo (fábricas) excepto el de Barcelona (SSCC administrativos); el recuso lo que hace es discrepar de tales criterios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
  • Nº Recurso: 345/2021
  • Fecha: 06/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los sindicatos presentan demanda de conflicto colectivo, cuestionan si el complemento nuevo ordenamiento laboral-NOL del IV CC estatal de servicios externos, auxiliares y de atención-cliente de empresas de servicios ferroviarios debe abonarse mensual o anualmente y si debe pagarse a todos los trabajadores, el CC fija cuantías entre 18 y 21 € sin determinar el devengo. La AN condenó a la empresa al pago mensual, denegó aclaración. En casación recurre CCOO, la Sala 4 no apreció incongruencia por exceso por la condena a la empresa porque la solicitó el otro sindicato, ni omisiva tampoco porque se explicaron la razones de no condena a AGESFER, ni vulnera el art. 24 CE. Sobre la vulneración del art. 14 CC, el complemento se instaura por IV CC estatal y las actas de la Comisión negociadora el preacuerdo alcanzado incluyendo el importe mensual del plus NOL, y firma del convenio, siendo la regulación del complemento NOL basado en la carrera profesional, en la aprobación del V CC en 2021 ya figura valor: mes. Examinada la demanda de CCOO en ella sí solicitó la condena a las Asociaciones empresariales y que se reconociera el derecho a los trabajadores están incluidos en el ámbito del CC, el conflicto es de ámbito superior a la empresa, está codemandada, AGESFER se opuso en trámite previo al proceso, existe conflicto interpretativo del precepto, sin impedimento para condenar, declara el derecho de los trabajadores incluidos en el ámbito CC a percibir el plus mensualmente
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGEL ANTONIO BLASCO PELLICER
  • Nº Recurso: 263/2022
  • Fecha: 06/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia de instancia, estimando en parte la demanda de conflicto colectivo, declaró la nulidad de la comunicación empresarial relativa al uso de los medios informáticos de la empresa por los trabajadores. Recurre la empresa en casación común, articulando un primer motivo dirigido a instar la modificación del relato fáctico que resulta desestimado por no ser relevante la modificación propuesta. En cuanto al fondo de la cuestión, se razona que, mientras que el art. 20.3 ET reconoce de forma genérica el poder de dirección empresarial con independencia de los medios materiales utilizados en el trabajo, el art. 87.3 de la Ley orgánica de protección de datos regula específicamente la utilización de los dispositivos digitales propiedad de la empresa, estableciendo límites vinculados al derecho a la intimidad de los trabajadores. En consecuencia, la adopción de la decisión empresarial sin la participación de los trabajadores vulnera lo recogido en el art.87.3 LOPD, como ha apreciado la sentencia de instancia. Finalmente, se indica que el mandato del art. 87.3 de la LOPD es imperativo y, si bien carece de efectos retroactivos, cualquier modificación de los criterios de utilización de los dispositivos digitales debe cumplir la legislación vigente. Y en el caso enjuiciado la empresa no hace referencia en la comunicación impugnada a la necesaria información a los trabajadores ni a la interveneción de sus representantes, por lo que vulnera la previsión normativa. Desestima
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE PABLO ARAMENDI SANCHEZ
  • Nº Recurso: 297/2023
  • Fecha: 05/02/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional estima la demanda interpuesta por CCOO contra ENTERPRISES SOLUTIONS PROCESOS DE NEGOCIO ESPAÑA SLU y condena a la empresa a a cumplir con los porcentajes de presencialidad y teletrabajo establecidos en los acuerdos individuales sobre trabajo a distancia suscritos con su personal a que proceda a abonar los gastos de teletrabajo del persona que trabaja a distancia en los términos establecidos en el Convenio colectivo de aplicación y desde un año atrás a la fecha de la reclamación y hasta septiembre de 2023, a que aporte a la representación de los trabajadores los distintos acuerdos individuales alcanzados con los trabajadores y declara nulo el contenido de la cláusula novena del acuerdo individual de teletrabajo en el sentido que el trabajador no debe facilitar a la empresa su número de teléfono móvil para la recepción de SMS y/o para acceder a aplicaciones que permiten confirmar la identidad. La Sala rechaza la presentación en el acto de juicio de prueba documental en formato papel por ser contraria al vigente RDLey 6/23, así como la excepción de inadecuación de procedimiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN GIL PLANA
  • Nº Recurso: 142/2023
  • Fecha: 30/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional tras rechazar las excepciones de falta de acción e inadecuación de procedimiento, desestima la demanda de conflicto colectivo presentada por CC.OO y UGT, contra la empresa CORREOS,S A, en la que se solicitaba la aplicación del artículo 58 q) del III Convenio Colectivo de empresa a los colectivos de personas en incapacidad temporal o en situación de disfrute de suspensiones asociadas a permisos por maternidad y paternidad u otras análogas; a las personas cuyo contrato se inicia en diciembre y finaliza después de los días 24 y 31 de diciembre y a las personas contratadas para cubrir los festivos y fines de semana. Se concluye que es requisito habilitante para la aplicación del mismo el prestar servicios efectivos en dichos días.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 3143/2022
  • Fecha: 30/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El conductor del Ayuntamiento, contratado como peón se le exceptúa la aplicación de las tablas salariales del convenio, en conflicto colectivo se dictó S. firme; demanda para el cese de la conducta, reclama 3.600€. El JS desestimó y declara caducada la acción y prescrita la acción de reclamación de indemnización; el TSJ confirmó no entendiendo interrumpida la prescripción con la conciliación en el SERCLA. En cud el actor cuestiona la eficacia interruptiva de la demanda sobre conflicto colectivo en relación con la acción individual por tutela de DF ejercitada. La Sala 4 remite a su jurisprudencia sobre la incidencia que la tramitación de un conflicto colectivo tiene sobre las acciones individuales vinculadas con el mismo. La Sentencia del conflicto colectivo declaró que los trabajadores temporales como el actor estaban incluidos en el ámbito de aplicación del CC y la nulidad por discriminatorias de todas las situaciones que contravengan el art. 14 CE y la cláusula 4ª D 99/70, confirmada por el TSJ; debiéndose aplicar el CC propio de la entidad cuando la persona trabajadora fue contratada al amparo de un programa de empleo. En el caso existe conexidad entre la indemnización y los arts. 160.5 y.6 LRJS, al trabajador le es aplicable el CC y se interrumpe la prescripción de las acciones individuales, art. 160.6, estimando. Sobre la cuantía del daño moral aprecia vulneración, no sólo imputable a la empresa, la recoge el CC y la COPA, breve duración RL, pondera y la fijó en 300€
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 5355/2022
  • Fecha: 30/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La demanda de conflicto colectivo interrumpe la prescripción para el ejercicio de la acción individual de tutela de derechos fundamentales cuando el contenido de esta se encuentra en relación de conexidad con lo resuelto en el conflicto colectivo y quien reclama está en el ámbito subjetivo y territorial del convenio colectivo. Reitera doctrina establecida en STS 50/24, de 16 de enero (rcud 423/2023)
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN GIL PLANA
  • Nº Recurso: 278/2023
  • Fecha: 30/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia Nacional desestima la demanda del sindicato CGT frente a la entidad BBVA en la que planea conflicto colectivo contra la en materia de derechos de información y documentación derivada de las comisiones de seguimiento creadas en dos acuerdos de empresa. Se estima la falta de acción por no apreciarse un conflicto real y actual pues ha quedado probado que la empresa ha remitido sistemáticamente información tratada en ambas comisiones a los sindicatos implantados en la empresa; entre ellos a CGT en la persona del Secretario General de la sección sindical constituida por dicho sindicato.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
  • Nº Recurso: 1675/2022
  • Fecha: 29/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La demanda de conflicto colectivo interrumpe la prescripción para el ejercicio de la acción individual de tutela de derechos fundamentales cuando el contenido de esta se encuentra en relación de conexidad con lo resuelto en el conflicto colectivo y quien reclama está en el ámbito subjetivo y territorial del convenio colectivo. Reitera doctrina establecida en STS 50/24, de 16 de enero (rcud 423/2023)

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.