Resumen: La Sala IV confirma la estimación parcial de la demanda en impugnación de determinados preceptos del Código de Conducta del Banco de España por vulneración de derechos fundamentales, declarando la nulidad del art 8, 2 en lo que se refiere a la entrega por parte de los empleados de copia de las declaraciones de IRPF y de los datos fiscales. Se rechaza la vulneración del derecho a la intimidad, al honor, libertad de expresión e información al exigir autorización previa del Banco para realizar determinadas actividades extralaborales: dirigir cursos, conferencias, creación literaria, participación en coloquios, programas, cuando versen sobre situaciones económicas, financieras, bancarias o cualesquiera otras relacionadas con las funciones del Banco de España; concesión de entrevistas, o suministro de informaciones o valoraciones relacionadas con el trabajo. Dichas exigencias no suponen una injerencia del empresario en la esfera de la intimidad de los trabajadores. La medida es necesaria e idónea para evitar el conflicto de intereses, asegurar el cumplimiento de la obligación de confidencialidad, así como garantizar la independencia e imparcialidad de los empleados. La prohibición de realización de operaciones financieras privadas solo afecta a los empleados que pueden tener acceso a información privilegiada. Finalmente, se declara que no existe habilitación legal para que el Banco pueda solicitar a sus empleados sus declaraciones de IRPF, ni mediando consentimiento de estos.