• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 6105/2020
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las STS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo, y de otras sentencias que aplican dicha doctrina en los recursos de Ibercaja contra sentencias de las Audiencias de Cáceres y Badajoz sobre cláusulas suelo y acuerdos novatorios. Se declara la validez de la estipulación del acuerdo por la que se modifica la originaria cláusula suelo y se reduce el límite mínimo a la variabilidad del interés remuneratorio, y la nulidad de la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones, por lo que procede la restitución de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de esa inicial cláusula suelo hasta la suscripción del acuerdo novatorio. No se hace expresa imposición de las costas de los recursos de casación y apelación y se mantiene la condena en costas en primera instancia
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 5953/2020
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las STS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo, y de otras sentencias que aplican dicha doctrina en los recursos de Ibercaja contra sentencias de las Audiencias de Cáceres y Badajoz sobre cláusulas suelo y acuerdos novatorios. Se declara la validez de la estipulación del acuerdo por la que se modifica la originaria cláusula suelo y se reduce el límite mínimo a la variabilidad del interés remuneratorio, y la nulidad de la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones, por lo que procede la restitución de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de esa inicial cláusula suelo hasta la suscripción del acuerdo novatorio. No se hace expresa imposición de las costas de los recursos de casación y apelación y se mantiene la condena en costas en primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 1240/2020
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las SSTS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo. Acuerdos de novación anteriores a la STS 241/2013, de 9 de mayo, en los que se establece un tipo fijo durante un período temporal determinado. La sala estima el recurso de la entidad financiera demandada. Razona que, aunque los acuerdos son anteriores a que la STS 241/2013 provocara un conocimiento generalizado de la eventual nulidad de las cláusulas suelo si no cumplían con el control de transparencia, las novaciones se acuerdan, a solicitud de la parte prestataria, cuando la cláusula suelo ya había operado sus efectos y había revelado sus consecuencias en la economía del contrato. Además, el contenido de los contratos se limita a la modificación del tipo de interés, estableciendo un tipo de interés fijo durante un período de vigencia determinado, a cambio de la contratación de determinados productos. En estos acuerdos no se pacta un interés mínimo o suelo sobre el que deban proyectarse las exigencias de transparencia, sino que se establece un tipo de interés fijo de forma temporal. Estimada la acción de nulidad por ser abusiva la cláusula suelo, aunque los efectos restitutorios pretendidos por la parte demandante hayan quedado limitados por la validez de las novaciones de la cláusula que regula el tipo de interés, las costas de primera instancia se imponen a la entidad financiera demandada, en aplicación de la doctrina contenida en la STJUE de 16 de julio de 2020.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 6032/2020
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las STS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo, y de otras sentencias que aplican dicha doctrina en los recursos de Ibercaja contra sentencias de las Audiencias de Cáceres y Badajoz sobre cláusulas suelo y acuerdos novatorios. Se declara la validez de la estipulación del acuerdo por la que se modifica la originaria cláusula suelo y se reduce el límite mínimo a la variabilidad del interés remuneratorio, Inexistencia de una auténtica renuncia de acciones que reúna los requisitos de claridad y comprensibilidad que le permita entender a qué renuncia y sus consecuencias, ni se informó de cuáles serían las consecuencias jurídicas y económicas de una renuncia al ejercicio de acciones dirigidas a la declaración de abusividad de la cláusula suelo. Restitución de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de la inicial cláusula suelo hasta la suscripción del acuerdo novatorio. No se hace expresa imposición de las costas de los recursos de casación y apelación y se mantiene la condena en costas en primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
  • Nº Recurso: 5977/2020
  • Fecha: 10/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las SSTS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo, y de otras más de doscientas sentencias posteriores que aplican dicha doctrina en los recursos de Ibercaja contra sentencias de las Audiencias de Cáceres y Badajoz sobre cláusulas suelo y acuerdos novatorios. Se declara la validez de la estipulación del acuerdo por la que se modifica la originaria cláusula suelo y se reduce el límite mínimo a la variabilidad del interés remuneratorio, y la nulidad de la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones, por lo que procede la restitución de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de esa inicial cláusula suelo hasta la suscripción del acuerdo novatorio. No se hace expresa imposición de las costas de los recursos de casación y apelación y se mantiene la condena en costas en primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 1117/2019
  • Fecha: 07/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las SSTS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo y de otras sentencias de esta sala que siguen la doctrina del TJUE contenida en STJUE de 9 de julio de 2020, reiterada en ATJUE de 3 de marzo de 2021. La jurisprudencia del TJUE admite la posibilidad de que una cláusula potencialmente nula pueda ser modificada por las partes con posterioridad, pero si esta modificación no ha sido negociada deberá superar el control de transparencia. La estipulación del acuerdo en la que se pacta la eliminación de la cláusula suelo supera el control de transparencia en atención a que fue adoptado cuando ya se había publicado la STS de 9/05/2013 y existía un conocimiento generalizado sobre la cláusula suelo; los prestatarios conocían la repercusión de la originaria cláusula suelo en su préstamo y el prestatario, como consumidor medio, era capaz de valorar la trascendencia del establecimiento de un interés remuneratorio de tipo fijo en su préstamo, que le había sido aplicado en el primer periodo de amortización del préstamo. El acuerdo transaccional contiene una cláusula de renuncia a reclamar lo pagado en exceso en aplicación de la cláusula suelo que es nula porque no se facilitó al consumidor la información pertinente que le permitiera conocer las consecuencias jurídicas que derivaban para él de tal cláusula. Las costas de primera instancia se imponen al banco, pese a la estimación parcial de la demanda, de acuerdo con la doctrina del TJUE
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 2679/2019
  • Fecha: 07/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de nulidad de cláusula suelo inserta en tres contratos de préstamo hipotecario. La sentencia de primera instancia estimó la demanda, y formulado recurso de apelación por la demandada, la Audiencia Provincial con estimación del recurso, desestimó la demanda. La Sala Primera, con desestimación de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación, determina que la sentencia de apelación considera acreditado que ninguno de los demandantes, miembros de la misma familia, tenía la condición de consumidor cuando concertaron los prestamos porque no dedicaron el capital obtenido a actividades de consumo, sino que los solicitaron para aplicarlos a actividades empresariales o para obtener un rendimiento económico a través de una actividad a la que se dedicaban con habitualidad. En consecuencia, la Sala concluye que la exclusión de la cualidad de consumidores en los demandantes hace improcedente la realización de los controles de transparencia y abusividad pretendidos en la demanda, de acuerdo con jurisprudencia reiterada por la Sala.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 4100/2019
  • Fecha: 07/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las SSTS 580/2020 y 581/2020, de 5 de noviembre sobre novación de cláusulas suelo y de otras sentencias de esta Sala que siguen la doctrina del TJUE contenida en STJUE de 9 de julio de 2020 y reiterada en ATJUE de 3 de marzo de 2021. Se declara la validez de la estipulación primera del acuerdo que modifica la cláusula suelo y reduce el límite mínimo a la variabilidad del interés remuneratorio porque cumple las exigencias de transparencia y la nulidad de la cláusula tercera de renuncia ejercicio de acciones, porque va más allá de la controversia suscitada en torno a la cláusula suelo pues se refiere genéricamente "a cualquier acción que traiga causa de su formalización y clausulado -del contrato de préstamo- así como las liquidaciones y pagos realizados hasta la fecha". Procede la restitución de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de esa inicial cláusula suelo hasta la suscripción del acuerdo novatorio. No se hace expresa imposición de las costas de los recursos de casación y apelación y se mantiene la condena en costas en primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: IGNACIO SANCHO GARGALLO
  • Nº Recurso: 4249/2019
  • Fecha: 07/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las STS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo. La jurisprudencia del TJUE admite la posibilidad de que una cláusula potencialmente nula pueda ser modificada por las partes con posterioridad, pero si esta modificación no ha sido negociada deberá superar el control de transparencia. El acuerdo novatorio supera el control de transparencia en atención a que fue adoptado cuando ya se había publicado la STS de 9-5-2013 y existía un conocimiento generalizado sobre la cláusula suelo; los prestatarios conocían como había repercutido la cláusula originaria en su préstamo los meses anteriores y eran capaces de valorar la trascendencia (consecuencias jurídicas y económicas) del establecimiento durante un periodo limitado de un interés remuneratorio de tipo fijo en su préstamo, que le había sido aplicado en el primer periodo de amortización. El acuerdo transaccional contiene una cláusula de renuncia al ejercicio de acciones, que es nula pues va más allá de la controversia suscitada en torno a la cláusula suelo pues se refiere genéricamente "a la interposición de reclamación de cualquier naturaleza o tipo (judicial o extrajudicial) en relación al préstamo hipotecario identificado al inicio del documento y en especial sobre la cláusula limitativa del interés". Se declara la validez del acuerdo novatorio y la nulidad de la cláusula de renuncia y de la cláusula suelo inicial. Se imponen las costas de primera instancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN MARIA DIAZ FRAILE
  • Nº Recurso: 4181/2020
  • Fecha: 06/07/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Reproducción de la doctrina de las STS 580/2020 y 581/2020 sobre novación de cláusulas suelo, y de otras sentencias que aplican dicha doctrina en los recursos de Ibercaja contra sentencias de las Audiencias de Cáceres y Badajoz sobre cláusulas suelo y acuerdos novatorios. Se declara la validez de la estipulación del acuerdo por la que se suprime la originaria cláusula suelo y la nulidad de la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones, por lo que procede la restitución de las cantidades indebidamente cobradas en aplicación de esa inicial cláusula suelo hasta la suscripción del acuerdo novatorio. No se hace expresa imposición de las costas de los recursos de casación y apelación y se mantiene la condena en costas en primera instancia.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.