• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8459/2023
  • Fecha: 16/10/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en: determinar si las autoliquidaciones practicadas por el propio contribuyente por el concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana cuya rectificación se solicite después del 26 de octubre de 2021 (fecha en que se dictó la STC 182/2021 (26) ) tienen o no la consideración de situaciones consolidadas que puedan considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento exclusivo en la citada sentencia a través de la presentación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: VIRGINIA MARIA DE FRANCISCO RAMOS
  • Nº Recurso: 2138/2022
  • Fecha: 15/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La suspensión o limitación transitoria de la actividad de un determinado sector ordenada por las Comunidades Autónomas, en aplicación del estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, no permite considerar, a falta de una previsión legal en tal sentido adoptada por la CC.AA. gestora de la tasa, que deba reducirse proporcionalmente el importe de la Tasa Fiscal sobre el Juego durante el periodo en que estuvo vigente tal medida y, con base en ello, ordenar la devolución de ingresos indebidos del cuarto trimestre del ejercicio 2020.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ISAAC MERINO JARA
  • Nº Recurso: 1185/2023
  • Fecha: 14/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En interpretación del art. 33.5.d) LIRPF, en la redacción previa a la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, procede computar, a efectos de este impuesto, como pérdidas patrimoniales, todas las debidas a pérdidas en el juego obtenidas en el período impositivo, procediendo su compensación con el importe de las ganancias obtenidas en el juego en el mismo período.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: FERNANDO ROMAN GARCIA
  • Nº Recurso: 1037/2023
  • Fecha: 10/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso interpuesto frente acuerdo del Consejo de Ministros desestimatorio de solicitud de indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado legislador con sustento en la sentencia del TC 182/2021, de 26 de octubre, en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. La Sala considera que no se cumplen los requisitos legales para acceder a la indemnización, por no haberse obtenido sentencia desestimatoria en la instancia, lo que además, impide apreciar la antijuricidad.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 8303/2023
  • Fecha: 09/10/2024
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: determinar si las autoliquidaciones practicadas por el contribuyente por el concepto de Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, cuya rectificación se solicite después del 26 de octubre de 2021 (fecha en que se dictó la STC 182/2021) pero antes del 25 de noviembre de 2021(fecha de su publicación en el BOE) tienen o no la consideración de situaciones consolidadas que puedan considerarse susceptibles de ser revisadas con fundamento exclusivo en la citada sentencia a través de la presentación de la solicitud de rectificación de la autoliquidación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: HECTOR GARCIA MORAGO
  • Nº Recurso: 2114/2022
  • Fecha: 08/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El hecho imponible no queda suspendido durante las limitaciones producidas por el estado de alarma, ni tampoco el devengo de la tasa que depende de una autorización y no de la obtención de ingresos. En consecuencia, no se vulnera el principio constitucional de capacidad económica invocado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: JOSE IGNACIO CHIRIVELLA GARRIDO
  • Nº Recurso: 37/2022
  • Fecha: 04/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado, desestimatoria del recurso interpuesto contra tres liquidaciones del IIVTNU siendo el hecho imponible la transmisión del tercio de la titularidad de las fincas. Se trata de un supuesto en que se decretó expulsión del ordenamiento jurídico de varios artículos de la LRHL referidas a las liquidaciones del IIVTNU, considerando dicho Tribunal que nos encontramos ante la denominada situación consolidada toda vez a fecha de la sentencia del TC no había sido interpuesto recurso contencioso administrativo, y por ende no resulta aplicable en este supuesto la referida STC. Se dice que hay nulidad de la liquidación del IIVTNU por falta de notificación del valor catastral, lo que permite la impugnación del valor catastral en el momento en que se notifica la liquidación correspondiente, es factible impugnar la liquidación de IBI sobre la base de asignación de valores catastrales al inmueble. En este caso seria factible la impugnación del valor catastral de la finca, pero ciertamente no se practica prueba alguna que desvirtúe la presunción de validez de la resolución del catastro, debiendo por ende desestimar dicho motivo de impugnación. No prueba la recurrente que la valoración del inmueble por el catastro sea superior al valor de mercado, no probando error en la cuantificación del mentado valor catastral, sin que tampoco se acredite la invocada vulneración del principio de capacidad economica.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: VIRGINIA MARIA DE FRANCISCO RAMOS
  • Nº Recurso: 2113/2022
  • Fecha: 04/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El hecho imponible no queda suspendido durante las limitaciones producidas por el estado de alarma, ni tampoco el devengo de la tasa que depende de una autorización y no de la obtención de ingresos. En consecuencia, no se vulnera el principio constitucional de capacidad económica invocado.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JUAN ALBERTO FERNANDEZ FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 375/2023
  • Fecha: 02/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala desestima el recurso contencioso-administrativo contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Foral que denegó la rectificación de las autoliquidaciones del tributo sobre el juego y devolución de los ingresos efectuados durante la pandemia dada la imposibilidad de explotar las máquinas de juego por el estado de alarma por la COVID-19. El hecho imponible del tributo sobre el juego es la autorización administrativa para la explotación de las máquinas, devengándose el tributo el 1 de enero de cada año, independientemente de la efectiva explotación o ingresos obtenidos. La normativa autonómica no contempla reducciones proporcionales por periodos de inactividad, incluso en situaciones excepcionales como la crisis sanitaria. La suspensión o limitación de la actividad no implica la retirada temporal de la autorización. Lo que la tasa grava la posibilidad de explotación como manifestación de capacidad económica, no siendo aplicable analógicamente dada su distinta naturaleza el impuesto de actividades económicas. 'la falta de regulación autonómica que prevea bonificaciones o reducciones proporcionales impide la rectificación de las autoliquidaciones y la devolución solicitada, aunque no se descarta la posibilidad de reclamar responsabilidad patrimonial concluyendo que la suspensión o limitación transitoria de la actividad no justifica la reducción proporcional del tributo ni la devolución de ingresos.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: VIRGINIA MARIA DE FRANCISCO RAMOS
  • Nº Recurso: 1110/2023
  • Fecha: 02/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Declara la sentencia que se deriva de la Ordenanza que la clasificación tributaria del gravamen, más que una verdadera tasa, es la de un auténtico impuesto que gravaría los potenciales o previsibles rendimientos obtenidos por actividades de las empresas distribuidoras de las mercancías adquiridas por comercio electrónico. Constituye un auténtico "impuesto" que grava los rendimientos obtenidos por actividades de empresarios privados de manera virtualmente idéntica a los impuestos que gravan la adquisición de renta por actividades, expresiva de capacidad económica. Tanto es así (esto es, que se grava el volumen de negocio) que se prevé la exención a los operadores con una facturación anual inferior a un millón de euros, en forma similar a lo previsto en el Impuesto sobre Actividades Económicas.También la aludida injusticia que deriva de la sujeción a las tasas tradicionales del comercio tradicional, y en su no aplicación al comercio electrónico, es una finalidad que se aviene más con el establecimiento de un impuesto que con el valor de mercado de la utilidad derivada de la utilización.Si la Ordenanza tiene como justificación finalista evitar la carga y descarga en la vía pública para envíos puntuales, tal protección debe abarcar a todo vehículo susceptible de utilizar de igual forma el domino público, pero no exclusivamente a los operadores postales que distribuyen bienes adquiridos a través del comercio electrónico.

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