• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANGELES HUET DE SANDE
  • Nº Recurso: 698/2025
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar cuáles son las exigencias que deben cumplirse para que una entidad urbanizadora pueda exigir a un Ayuntamiento, por la vía del artículo 29.2 de la LJCA, el cobro por vía de apremio de las deudas derivadas de un Proyecto de Reparcelación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARLOS LESMES SERRANO
  • Nº Recurso: 4058/2024
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: A la cuestión de interés casacional suscitada consistente en determinar si el incumplimiento de las obligaciones impuestas a la Administración autonómica en materia de ejecución de obras hidráulicas exime de culpabilidad o de responsabilidad a las entidades locales competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales, en atención a lo dispuesto en la STS de 29 de julio de 2021 (recurso n.º 223/2020), la Sala, haciendo un análisis de la culpabilidad en la conducta sancionada y examinando el principio de antijuricidad, responde afirmativa a dicha cuestión de interés casacional al concurrir en este caso tres premisas, a saber: (i) la Administración autonómica -en este caso la Junta de Andalucía- ha incumplido sus obligaciones en materia de ejecución de obras hidráulicas, según estableció la STS n.º 1.100/2021 de 29 de julio (rec.223/2020); (ii) las administraciones aquí recurridas -el Ayuntamiento de Íllora y el Consorcio para el Desarrollo de la Vega Sierra Elvira- son competentes en materia de evacuación y tratamiento de aguas residuales para la que deben obtener la correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir; y (iii) pese a esa competencia, el grado adecuado de depuración de las aguas, del que habla la resolución sancionadora, preciso para obtener la autorización, solo puede alcanzarse a través de las infraestructuras que corresponde proyectar y ejecutar a la Junta de Andalucía. Y consta acreditada la desatención de la Junta de Andalucía a los requerimientos realizados por el Consorcio para la ejecución de las infraestructuras de saneamiento que resultaban necesarias para el tratamiento de las aguas residuales urbanas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4680/2025
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en interpretar la Disposición Final Tercera bis de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, introducida por la reforma operada por la Disposición Final Segunda apartado Dos del Real Decreto-ley 17/2019, de 22 de noviembre, a fin de determinar si constituye una norma de naturaleza sancionadora, y, por tanto, supone la infracción del art. 24 CE. Precedente: ATS de 19/3/2025, RCA 541/2025. Relacionada: ATS de 16/7/2025, RCA 232/2025
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4625/2025
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión planteada en el recurso que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si los préstamos participativos tienen la consideración de fondos propios a la vista de lo que dispone el Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión, de 25 de junio de 2014, en su artículo 2.14 así como de la jurisprudencia del TJUE en la materia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: DIEGO CORDOBA CASTROVERDE
  • Nº Recurso: 4216/2025
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si la doctrina fijada en la sentencia del TJUE de 8 de junio de 2023 (C-50/21) - referida la imposibilidad de aplicar automáticamente el límite 1/30 para impedir nuevas licencias de VTC sin una justificación suficiente en los términos establecidos en dicha sentencia-, permite inaplicar el art. 79 quinquies párrafo segundo de la Ley canaria 13/2007, de 2007 de 17 de mayo sin plantear una cuestión prejudicial ante el TJUE o si por el contrario, dicha previsión está suficientemente justificada en la ley canaria dada la singularidad de dicho territorio y las razones esgrimidas por el legislador canario para establecer dicha limitación. Precedente: RCA 3104/2025, admitido a trámite por ATS de 4 de junio de 2025
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 8112/2024
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en determinar si habiéndose producido el cese del funcionario interino bajo la vigencia de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, es procedente la compensación económica (para el personal funcionario interino afectado por el incumplimiento del plazo máximo de permanencia) contemplada en la disposición adicional decimoséptima del EBEP, introducida por el artículo 1.3 de la Ley 20/2021, no obstante haberse producido el nombramiento del que deriva el referido cese con anterioridad a su entrada en vigor el pasado día 30 de diciembre de 2021.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: RAFAEL TOLEDANO CANTERO
  • Nº Recurso: 519/2024
  • Fecha: 24/09/2025
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: - Determinar -unificando el criterio interpretativo de diferentes secciones de esta Sala Tercera sobre el artículo 85.4 LJCA , a la luz del principiopro actione-, si es necesario que el recurrente en la primera instancia se adhiera al recurso de apelación interpuesto por la Administración demandada -cuando haya obtenido una sentencia totalmente estimatoria y, por tanto, favorable a sus pretensiones, en la que hayan dejado imprejuzgados alguno de los motivos de la demanda por considerarse innecesario su análisis-, para que esos motivos puedan y deban ser examinados en la sentencia que estime el recurso de apelación. - Precisar si el copago por las prestaciones de atención a la dependencia previstas en el artículo 14 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre , que perciben los grandes dependientes Grado III, en calidad de servicios y se destinen a la promoción de la autonomía personal y a atender las necesidades de las personas con dificultades para la realización de las actividades básicas de la vida diaria, tienen la consideración de tasa o precio público.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: PAULA PLATAS GARCIA
  • Nº Recurso: 806/2021
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sala estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por una sociedad sanitaria contra la resolución inadmite su reclamación y hoja de aprecio por daños y perjuicios sufridos durante la intervención administrativa de un hospital en el primer estado de alarma por la COVID-19. La Sala desestima la excepción de incompetencia y anula la inadmisión impugnada reconociendo la competencia autonómica. En cuanto al fondo, el tribunal analiza la figura de la requisa y la responsabilidad patrimonial derivada, acción que no fue ejercitada ni invocada por la demandante. Además, se considera que las medidas adoptadas durante la pandemia, incluyendo la intervención del hospital, se ajustaron al principio de precaución y fueron proporcionadas, necesarias y adecuadas para proteger la salud pública. Asimismo, se rechaza la existencia de un régimen especial de responsabilidad patrimonial durante el estado de alarma distinto del régimen general, y se confirma que la carga de la prueba recae en quien reclama la indemnización para demostrar la falta de justificación de las medidas. Finalmente, se desestima la pretensión indemnizatoria por lucro cesante y daños, al no concurrir antijuridicidad ni incumplimiento de la Administración, estimando tan sólo la anulación de la resolución administrativa que inadmitía el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN PEDRO QUINTANA CARRETERO
  • Nº Recurso: 6037/2022
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Desestima el recurso de casación y analiza si el cómputo del plazo de nueve meses para las actuaciones inspectoras debe iniciarse con la visita de inspección o con la posterior aportación de documentación requerida. La Sala concluye que, cuando la visita no permite finalizar la actuación y se requiere documentación adicional, el plazo comienza a contar desde la fecha en que el obligado aporta dicha documentación. En este caso, al haberse entregado el 8 de junio de 2018 y emitido el acta el 4 de febrero de 2019, no se produjo caducidad. Asimismo, el Tribunal reitera que la Tesorería General de la Seguridad Social puede revisar de oficio actos declarativos de derechos cuando existan omisiones o inexactitudes en las declaraciones del beneficiario, sin necesidad de acudir a la jurisdicción social. La liquidación impugnada deriva de una resolución anterior que asignó un nuevo código de cotización, por lo que los motivos dirigidos contra la liquidación carecen de eficacia si no se impugna el acto del que trae causa. En consecuencia, se desestima el recurso de casación y se confirma la validez del procedimiento inspector y de la liquidación resultante.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA PILAR CANCER MINCHOT
  • Nº Recurso: 7714/2022
  • Fecha: 23/09/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estima el recurso de casación y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra resolución que elevó a definitiva acta de liquidación y confirmó la sanción del acta de infracción, sobre cuotas de la Seguridad Social. La Sala reitera la jurisprudencia la expuesta en la Sentencia de 17 de septiembre de 2025, RCA 3715/2022: "En la infracción consistente en "no ingresar" o en "no efectuar el ingreso en la cuantía debida" de las cuotas que recauda la Tesorería General de la Seguridad Social, prevista en el artículo 22.3 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social , texto refundido aprobado por Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, rige el principio de culpabilidad, debiendo apreciarse y motivarse la concurrencia de culpa conforme a las circunstancias fácticas y jurídicas de cada caso, sin que sea exigible "dolo o culpa especial".

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.