• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: INMACULADA PERDIGONES SANCHEZ
  • Nº Recurso: 541/2024
  • Fecha: 27/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia revocando parcialmente la sentencia de instancia y acuerda un régimen de custodia compartida. Fija como criterios para valorar el régimen de custodia: la vinculación afectiva entre los hijos y cada uno de los progenitores, la aptitud y capacidad de los progenitores para garantizar el bienestar de los hijos y proporcionar un entorno adecuado, la actitud de cada progenitor para colaborar con el otro, asegurando la estabilidad de los hijos y sus relaciones con ambos progenitores, la atención previa que cada progenitor dedicó a la atención de los hijos antes de la ruptura y las tareas que realizaba para su bienestar, la opinión de los hijos, si tienen la capacidad natural suficiente, los acuerdos previos, y la situación de los domicilios de los progenitores y sus horarios y actividades. Reitera que el interés del menor es el principio fundamental que debe guiar la decisión sobre el régimen de custodia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Ourense
  • Ponente: MARIA JOSE GONZALEZ MOVILLA
  • Nº Recurso: 750/2024
  • Fecha: 21/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No existen circunstancias o motivos acreditados en el momento actual y de especial relevancia que impidan o aconsejen que el menor no pernocte con el padre. Nunca se cuestionó la capacidad del padre para atender a los hijos; el riesgo en que podían hallarse los mismos debido a sus adicciones nunca fue un motivo de preocupación por parte de la madre que no cuestionó que se establecieran visitas con pernocta en relación al otro hijo y además en la actualidad el menor ya disfruta del régimen de vacaciones escolares con el padre pernoctando viniendo haciéndolo con total normalidad, habiendo manifestado el niño, según consta en el informe que mantiene buena relación con el padre y la familia paterna. Y en cuanto a la pensión tampoco se modifica la cantidad concedida ya que ambos progenitores tienen una retribución similar; así mismo la madre permanece disfrutando con los hijos del que fue domicilio familiar mientras que el padre ha tenido que procurarse otro alojamiento, arrendando un piso por el que, obviamente, paga la renta correspondiente. No se ha acreditado que los menores tengan necesidades o gastos especiales; no existe constancia de que padezcan algún tipo de enfermedad, intolerancia alimenticia o necesidades académicas específicas que generen un desembolso particular ni tienen tampoco que realizar desplazamientos para acudir a su centro escolar o a la realización de otras actividades o de su vida ordinaria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 9917/2023
  • Fecha: 11/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estimación del recurso de casación en un supuesto de custodia compartida en el que la Audiencia Provincial había atribuido el uso de la vivienda familiar a la madre, hasta la mayoría de edad del hijo. La sala considera que, en este caso, ambos progenitores cuentan con ingresos propios, los de la demandada son inferiores a los del demandante, por lo que constituye el interés más necesitado de protección. La vivienda es ganancial. La atribución de la vivienda al hijo hasta su mayoría de edad no está prevista para los casos de custodia compartida, sino cuando se atribuya al cónyuge custodio conforme al art. 96.1 CC, que no es el caso que nos ocupa. La sala considera que la asignación de la vivienda de forma alternativa y por anualidades no es razonable, y atribuir el uso de la vivienda familiar hasta que el hijo alcance los 18 años implica una asignación desproporcionada. Por todo ello, en función de la jurisprudencia aplicable, fija el uso de la vivienda familiar a favor de la madre, pero bajo el límite temporal máximo de un año a contar desde la fecha de la sentencia, plazo que reputa prudencial para que la recurrida lleve a efecto las gestiones oportunas para cubrir sus necesidades de habitación, y teniendo en cuenta además que la madre, desde el año 2019, viene disfrutando de su uso exclusivo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 8075/2022
  • Fecha: 31/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda de divorcio contencioso instada por el marido. La demandada, en la contestación a la demanda y sin formular reconvención, interesó la fijación a su favor de una pensión compensatoria, así como una indemnización al amparo del artículo 1438 del Código Civil. La sentencia de primera instancia estimó en parte la demanda, pero rechazó los pedimentos de la esposa, pues no había formulado reconvención. La Audiencia revocó la sentencia y consideró que sí debía entrar a resolver sobre las pretensiones formulada por la demandada; fija una pensión compensatoria de 300 € al mes durante seis años y una indemnización de 100.000 euros. Recurre en casación y en extraordinario por infracción procesal el esposo y la sala estima en parte este segundo recurso. En concreto, entiende que existe incongruencia de la sentencia recurrida en lo relativo a la fijación de indemnización. En concreto, declara que el actor, ni en los antecedentes fácticos y jurídicos de su demanda, introdujo, para cuestionarla, la indemnización del art. 1438 CC como objeto del proceso (lo que sí hizo respecto de la pensión compensatoria), anticipándose a una eventual petición de tal clase de la contraparte; al no formularse reconvención, la pretensión no pudo someterse a contradicción, por lo que existió lesión del derecho de defensa del actor. Se rechaza el recurso de casación respecto de la infracción del art. 97 CC toda vez que el criterio de la audiencia se ajusta a la jurisprudencia de la Sala.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Pontevedra
  • Ponente: JAIME ESAIN MANRESA
  • Nº Recurso: 719/2024
  • Fecha: 31/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La explicada evolución negativa, reafirmada en exploración judicial sobre el menor con activa intervención del Ministerio Fiscal excluye la concurrencia de alteración sustancial que permita la custodia compartida o la reanudación, al menos por el momento, del régimen de visitas planteado por el padre, ni tampoco se acredita variación sustancial de circunstancias que permita la reducción de la pensión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS SEOANE SPIEGELBERG
  • Nº Recurso: 6339/2023
  • Fecha: 18/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Demanda sobre fijación de medidas paterno filiales. Accede a la casación la fijación de un régimen de custodia compartida, frente a la custodia monoparental fijada en la instancia, así como el juicio de proporcionalidad en la prestación de los alimentos. Respecto de la custodia compartida solicitada, la Sala parte de la base de que es este el régimen deseable lo que no significa que tenga que ser siempre acogido; en el presente caso, en atención al interés superior de las menores, se considera que la apreciación de la instancia en cuanto a la custodia monoparental no se opone a la jurisprudencia, por lo que se desestima el motivo. Se estima el motivo relativo al juicio de proporcionalidad de los alimentos. Se afirma que la argumentación de la sentencia de la audiencia no se sostiene a la hora de elevar al doble la prestación de alimentos fijada en primera instancia, máxime cuando no da razones que justifiquen la revisión de aquella pensión que no sean las mismas condiciones económicas y la invocación genérica al juicio de proporcionalidad. Implica la proporcionalidad realizar un juicio ponderativo de correspondencia, correlación o equilibrio entre los ingresos de ambos progenitores con respecto las necesidades de las hijas de conformidad a su respectiva capacidad económica, de manera tal que contribuyan equitativamente a su satisfacción. La madre gana ocho veces más que el padre, por lo que el juicio de proporcionalidad efectuado por la Audiencia es incorrecto.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: EDMUNDO RODRIGUEZ ACHUTEGUI
  • Nº Recurso: 617/2024
  • Fecha: 17/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Aun cuando hay informes en los que no se aprecia riesgo para el menor cuando esta con el padre no se puede obviar el procedimiento penal y preveyendo la normativa que en caso de condena penal no se establezca la custodia compartida y aun cuando no hay condena tal circunstancia se debe ponderar no constando que en interés del menor la custodia compartida le beneficie estando con la madre se atribuye a esta si bien se concede las visitas de forma amplia y se fija una pensión para el hijo de mayor cantidad al no convivir con el padre.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DE LOS ANGELES PARRA LUCAN
  • Nº Recurso: 3176/2023
  • Fecha: 14/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Divorcio en el que se impugna el sistema de atribución de vivienda familiar ("casa nido") acordado por la sentencia recurrida. La sala ha descartado que a falta de acuerdo entre los progenitores, y sin existir circunstancias que lo justifiquen, proceda adoptar el sistema de la "casa nido", esto es, que los progenitores se alternen en la vivienda familiar, para que el niño no salga de la misma. En el caso, no existe acuerdo entre los progenitores para adoptar el sistema de casa nido (ni siquiera fue solicitado por ninguno de ellos) y, además, está constatada la mala relación entre ellos. Razona que para acordar un sistema de casa-nido es imprescindible constatar que concurre un alto nivel de entendimiento para planificar la organización, no debiendo acordarse, salvo circunstancias excepcionales, si alguno de los progenitores se opone, pues si no media tal entendimiento el sistema es una potencial fuente de conflictos con alta probabilidad de repercusión negativa en los hijos menores. La falta de concreción de criterio normativo conduce a la jurisprudencia a fijar los elementos que deben valorarse: en primer lugar, el interés más necesitado de protección, que no es otro que aquel que permite compaginar períodos de estancia de los hijos con sus dos padres y, en segundo lugar, si la vivienda familiar es privativa de uno de los cónyuges, de ambos, o pertenece a un tercero. En el caso, se atribuye al recurrente por ser su vivienda privativa y los superiores ingresos de su exmujer.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: JAIME RIAZA GARCIA
  • Nº Recurso: 303/2024
  • Fecha: 08/10/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La sentencia analizada resuelve recurso de apelación interpuesto contra la dictada en primera instancia, que estimó en parte la demanda presentada para solicitar medidas en relación con la patria potestad de menores y su relación con los padres. El tribunal de apelación desestimó el recurso y confirmó la sentencia recurrida. Expone el tribunal, en primer lugar, los criterios jurisprudenciales sobre el derecho de los menores a ser oídos en relación con las cuestiones que les afecten. El tribunal considera que la falta de audiencia de los menores, en este caso, está justificada por su corta edad y porque el gran periodo de tiempo de separación de los hijos con su padre ofrecería unas opiniones mediatizadas. También afirma que la condena penal por violencia contra la mujer tuvo lugar por hechos ocurridos casi tres años antes que respondieron a un incidente aislado en un lugar público y sin la presencia de los menores. El tribunal considera procedente mantener la custodia monoparental por la situación de hecho concurrente, pero con posibilidad de ser sustituida por la compartida, dada la trayectoria vital y familiar de la madre, con seguimiento por los servicios sociales. En cuanto a los alimentos, el tribunal también expone los criterios jurisprudenciales aplicables y, en particular, el principio de proporcionalidad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: JOSE LUIS CONDE-PUMPIDO GARCIA
  • Nº Recurso: 860/2023
  • Fecha: 30/09/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia de instancia. Declara la improcedencia de fijar un regimen de custodia compartida al existir un procedimiento penal contra el padre por presuntos delitos de malos tratos hacia la madre y hacia los hijos menores, habiéndose dictado auto adoptando como medida de protección la prohibición de acercarse a la madre y a los hijos, sin que se haya acreditado que dicha medida cautelar haya quedado sin efecto ni que el procedimiento penal haya finalizado. Valora el informe pericial psico-social que recomendó la custodia materna. Se confirma la suspensión de las visitas mientras subsista la orden de alejamiento con posteriores visitas tuteladas en el PEF. Con cita de la STC, Pleno, 106/2022, de 13 de septiembre, considera inasumible la pretensión del padre apelante de que se fije un régimen de visitas no supervisado con sus hijos, por cuanto que, existiendo un procedimiento penal contra él en el que aparecen como víctimas, no solo la madre, sino también los menores, con una orden de alejamiento hacia todos ellos, y sin que se haya acreditado que el interés de los menores aconseja la fijación de visitas durante la pendencia del proceso penal, dichas visitas resultan improcedentes. Desestima el recurso en relación a la cuantía de la pensión de alimentos. Valoración del principio de proporcionalidad.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.