• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valencia
  • Ponente: MARIA CARMEN BRINES TARRASO
  • Nº Recurso: 332/2020
  • Fecha: 09/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Juicio cambiario. La demandada se opone alegando que se ha producido un endoso que es posterior a la declaración equivalente por falta de pago, lo que determina un defecto en el título y la falta de legitimación de la actora. La sentencia de instancia y la Audiencia rechaza el motivo porque no se ha probado el endoso a un tercero, y la ejecutante es la legítima tenedora del título.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MIGUEL ALVARO ARTOLA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 311/2020
  • Fecha: 01/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Juicio cambiario. La demandada opone la excepciòn de falta de provisión de fondos por incumplimiento total y absoluto de la demandante pues no entregó los materiales que debían ser suministrados e instalados en las viviendas correspondientes. La sentencia no estima acreditado que el cambio en los materiales no fuese consensuado puesto que no consta ninguna queja u objeción al respecto. Las quejas se centraron en la facturación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA BEGOÑA PEREZ SANZ
  • Nº Recurso: 320/2020
  • Fecha: 01/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Formulada demanda por una mercantil en la que reclamación la devolución del dinero entregado en préstamo mas el interés de demora, para cuyo pago se había aceptado una letra de cambio impagada a su vencimiento, la sentencia de primer grado la desestima, al entender que se ejercitaba una acción cambiaria y considerarla prescrita por haber transcurrido más de tres años desde la fecha de libramiento de la letra. La sentencia de apelación, que estima en parte el recurso, señala que la tenencia de una letra de cambio permite al tenedor ejercitar la acción cambiaria que comporta tramitar la reclamación mediante un procedimiento sumario, en el que únicamente cabe la oposición del deudor por causas tasadas, atendiendo a la naturaleza del título en base al cual se ejercita, pero no impide el ejercicio de las acciones derivadas de las relaciones o actos de los que trae causa la expedición y entrega de la misma en juicio declarativo, sin los privilegios procésales de un juicio cambiario, que es lo que sucede en el caso pues la demanda se funda en la relación causal subyacente- contrato de préstamo-, cuyo cumplimiento se reclama, por lo que la prescripción debe decirse conforme a lo establecido para las acciones personales que no tengan establecido plazo (plazo general) según la cual, teniendo en cuenta que el día inicial es el del vencimiento del préstamo (y de la letra), la acción no esta prescrita; el interés de demora lo que considera abusivo y declara la nulidad de la clausula
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MARIA JOSE PEREZ PENA
  • Nº Recurso: 402/2020
  • Fecha: 01/12/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Formulada demanda de juicio cambiario contra .. contra el avalista de unas letras de cambio impagadas a su vencimiento aceptadas para pago de mercancía, en reclamación de su importe, se formuló oposición con causa en falta de provisión de fondos por no haber sido entrega la mercancía cuyo se reclama, que fue desestimada. La sentencia de apelación recuerda que el deudor cambiario puede oponer al tenedor de la letra las excepciones cambiarias contra los distintos tenedores y en lo que se refiere a las extracambiarias podrá alegar las basadas en sus relaciones personales con él tenedor, pero que no las excepciones personales que tenga frente a los tenedores anteriores salvo que al adquirir la letra el tenedor hubiera procedido a sabiendas en perjuicio del deudor; y en lo que se respecta al avalista que la obligación que contrae es autónoma de la principal, por lo que no puede alegar la excepciones personales del avalado y en concreto, falta de provisión de fondos, y que el aval es válido aunque la obligación garantizada fuese nula por cualquier causa que no sea la de vicio de forma; en lo que se refiere a la prescripción, que ejercitándose una acción directa el plazo de prescripción es de tres años desde la fecha de vencimiento, que tomando en consideración la mas antigua no había vencido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Córdoba
  • Ponente: FELIPE LUIS MORENO GOMEZ
  • Nº Recurso: 1326/2018
  • Fecha: 30/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Pagaré: la tomadora lo cedió al Banco y, ante su impago, el Banco cargó su importe en la cuenta de la cedente, por lo tanto, vuelve a ser la tenedora del mismo: la cesión ordinaria del pagaré no está sujeta a ninguna formalidad cambiaria y por ello la tenedora ostenta legitimación activa. Aval: la fianza o aval no puede ser nunca de una deuda propia. Si el firmante del pagaré se convierte en avalista, el aval sería inútil, pero el avalista puede firmar a título personal y en representación de la mercantil, en cuyo caso sería eficaz. Pagaré en blanco: el actor debe acreditar que se ha cumplimentado conforme a lo pactado. En el presente caso se ha probado que no se había liquidado la deuda conforme a lo pactado, no cumplimentándose en tales términos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA ISABEL FRADE HEVIA
  • Nº Recurso: 495/2020
  • Fecha: 16/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Juicio cambiario. Excepción de cosa juzgada. Únicamente producen efecto de cosa juzgada las sentencias firmes que resuelven sobre el fondo del asunto. No produce tal efecto la resolución que inadmite la demanda. La inclusión posterior, en el pagaré de la fecha, no determina la pérdida de la acción cambiaria. La Ley cambiaria no impide la subsanación de un requisito siempre que no sea contrario a los acuerdos entre las partes.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MIGUEL ALVARO ARTOLA FERNANDEZ
  • Nº Recurso: 253/2020
  • Fecha: 03/11/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La parte actora ejecutó para la demandada trabajos de albañilería y para el pago libró un pagaré por la suma reclamada. La parte demandada opone que hizo una transferencia bancaria para su pago y que el acreedor le adeuda dinero, por lo que reconviene, pero la reconvención es rechazada. Se declara posible oponerse Todo ello, bien entendido que, en ausencia de prueba solvente sobre el pretendido pago de la deuda, así como sobre los invocados defectos o insuficiencias de ejecución por parte del actor, tal omisión probatoria perjudica, en el presente procedimiento, al suscriptor del título cambiario que, al permanecer en posesión del acreedor, permite presumir la pendencia de su pago el incumplimiento parcial o total del contrato causal o subyacente.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Toledo
  • Ponente: ALEJANDRO FAMILIAR MARTIN
  • Nº Recurso: 780/2018
  • Fecha: 22/10/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La actora era tenedora por endoso de letras de cambio que fueron impagadas a su vencimiento y reclamadas en juicio cambiario no se hicieron efectivas, habiendo desparecido de hecho la sociedad librada, por lo que se reclama su importe a los administradores por considerar que la imposibilidad de cobro se debe a su actitud negligente. Analiza nuevamente el Tribunal las circunstancias alegadas consistentes en que se aceptaron para ayudar al proveedor librador que no podía hacer frente a su pago, si bien, no habiéndose acreditado la situación económico-financiera de la sociedad en esa fecha, pues no se publicaron cuentas ni se declara el impuesto de sociedades, debe considerarse que la sociedad se encontraba sin actividad y que la situación económica al contraerse la deuda era desfavorable, por lo que debe responder el administrador. Respecto de la codemandada, esposa del anterior, en sentencia se le absuelve por no actuar en la gestión diaria, si bien, estando vigente el cargo, asume derechos y obligaciones y si no ha renunciado, debe responder.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Huelva
  • Ponente: ENRIQUE ANGEL CLAVERO BARRANQUERO
  • Nº Recurso: 648/2020
  • Fecha: 09/10/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción cambiaria. Pagarés emitidos para el pago de diversos suministros. Se discute la imputación de los pagos que realiza el juzgador de instancia. La AP estima que los pagarés se emitieron para el pago de dos concretas facturas y consta que se realizó una transferencia por el importe exacto de esa cantidad, por tanto, lo pagarés se abonaron sin perjuicio de que el demandado le deba dinero al actor, quien podrá reclamarlo pero sin el privilegio de la acción cambiaria. Que el actor se halle en poder de los pagarés no impide que se estime que se pagó su importe.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Cádiz
  • Ponente: JOSE CARLOS RUIZ DE VELASCO LINARES
  • Nº Recurso: 210/2015
  • Fecha: 06/10/2020
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Acción cambiaria. La sentencia de instancia desestima la oposición pero en la vista del recurso de apelación la parte actora renunció a la acción cambiaria, a lo que ambas partes han mostrado su conformidad.

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