El jutjat social 28 de Barcelona considera accident laboral, i no malaltia comú, la incapacitat temporal d'un visionador de continguts extremes

La sentència assenyala que los moderadores de contenido están expuestos a violencia, crimen, abuso y contenido ilegal cuando trabajan, como fuente de estrés que puede causar daños psicológicos y trastorno de estrés postraumático

Autor
Comunicación Poder Judicial

El jutjat social 28 de Barcelona considera que la incapacitat temporal d'un treballador que es dedicava a visionar vídeos de contingut extrem, és un accident laboral i no una malaltia comú, com al·legava l'empresa. 

Tal i com recull l'informe d'Inspecció de treball, i que el magistrat recull a la seva sentència: "El trabajador viene sufriendo una situación de gran impacto emocional y psicológico en el trabajo, que situaría su inicio y padecimiento desde el año 2018. Por consiguiente, la incapacidad temporal que causó el 10 de mayo de 2019 es derivada de accidente de trabajo, como causa única, exclusiva e indubitada. No constan, ni se han identificado, otros factores causales que hubieran podido determinar la citada baja médica. El estrés laboral que ha venido sufriendo es el factor desencadenante de la baja laboral de autos".  

A la sentència es recull que les tasques assignades la treballador eren "clasificar unos contenidos para que no llegasen a Internet. Después, le pasaron a high pri (high priority) y allí tenía que mirar contenido relativo a terrorismo y suicidios, automutilaciones, decapitaciones de civiles asesinados por grupos terroristas, torturas. Cada escena la tenía que ver el actor varias veces, de manera completa, para asegurarse de que la política aplicada a ese contenido gráfico era la adecuada".  

S'afegeix també que: "Los moderadores de contenido están expuestos a violencia, crimen, abuso y contenido ilegal cuando trabajan, como fuente de estrés que puede causar daños psicológicos y trastorno de estrés postraumático".