El TSXG autoriza a la Xunta limitar el derecho de reunión para “defender la salud pública”

El tribunal entiende que las medidas “cumplen las exigencias de ser idóneas, necesarias y proporcionadas”. Los magistrados advierten que los datos revelan “la evolución negativa de la situación epidemiológica y sanitaria”

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Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha autorizado las medidas restrictivas de derechos fundamentales contenidas en la orden de 4 de agosto de 2021 para hacer frente a la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en Galicia. En concreto, ha autorizado limitar las reuniones en interiores hasta un máximo de seis personas y, en exteriores, a diez, tanto en espacios públicos como privados de los 313 municipios gallegos, así como la prohibición de encuentros con no convivientes entre las tres y las seis de la madrugada para la mayoría de ayuntamientos y, entre la una y las seis, para los que se encuentran en una peor situación epidemiológica. 

La Sala considera que las medidas propuestas por la Xunta “cumplen las exigencias de ser idóneas, necesarias y proporcionadas”, pues “responden a una situación clara de incremento del virus y no tienen un impacto significativo en el derecho de reunión, más necesitado de control en el horario nocturno, frecuentado en mayor medida por los jóvenes, más proclives al contacto social”.

Los magistrados aseguran en el auto que lo relevante es “examinar los informes técnicos que amparan las limitaciones propuestas sobre la base de la evolución negativa de la situación epidemiológica y sanitaria en la comunidad autónoma de Galicia, detectada en el informe de la Dirección Xeral de Saúde Pública de 4 de agosto, lo que revela un preocupante incremento en la transmisión de la infección”.

Los estudios que constan en ese informe revelan que entre el 20 y el 26 de julio se realizaron 82.981 pruebas diagnósticas de infección activa por COVID-19 (52.501 PCR y 30.480 test de antígenos), con un porcentaje de positividad a siete días del 12,51 %, lo que implica un aumento del 16 % con respecto a las realizadas entre el 13 y 19 de julio, que era del 7,59 %. Por otra parte, reflejan que la incidencia acumulada a 7 y 14 días es de 294 y 628 casos por 100.000 habitantes, respectivamente, valores inferiores (-12 %) a 7 días y superiores (+4,3 %) a 14, respecto a los observados hace una semana, cuando eran de 334 e 602 casos por 100.000 habitantes, respectivamente. Además, muestra que todas las áreas presentan tasas a 14 días con valores superiores a los 450 casos por 100.000 habitantes.

Por otra parte, la tasa de pacientes COVID-19 en hospitalización de agudos es de 8,7 ingresados por 100.000 habitantes, con un aumento del 43,8 % respecto a hace una semana.

“La exposición de motivos de la orden que se somete a autorización pone de manifiesto la evolución negativa de la situación epidemiológica y sanitaria en la comunidad autónoma de Galicia, lo que se ampara en unos informes técnicos, de modo que bien se comprende que se está en presencia de unas medidas que tienen como propósito defender la salud pública malograda por la pandemia causada por el Covid-19”, subraya el TSXG en el auto, contra el que cabe presentar recurso.