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Según la Sala Tercera, esta medida excepcional se tomó por la magnitud de los intereses afectados
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) y avala el Decreto impugnado que encomendó transitoriamente al Ministerio de Defensa las facultades de control de tránsito aéreo atribuidos a AENA.
El Supremo señala que el cierre del espacio aéreo español provocado por la huelga tenía tal entidad para habilitar al presidente del Gobierno a militarizar el control del tráfico aéreo, como le permite el artículo 4.4.a de la Ley de Seguridad Aérea.
La magnitud de los intereses afectados otorgó razonable proporcionalidad a la medida excepcional adoptada.