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La magistrada solicita tipificar la “violencia económica” como modalidad de violencia de género al elevar exposición razonada al Gobierno central para que estudie esta tipificación y la incluya en el Código Penal y establezca cláusulas de responsabilidad civil que "permitan una reparación integral del daño causado a las víctimas" cuando se produce impago de pensiones alimenticias de manera reiterada. A raíz de un juicio por impago de pensión alimenticia en un procedimiento de divorcio, la magistrada considera que en el caso concreto que ella resuelve en sentencia, «Los hechos enjuiciados tienen además un contexto específico de violencia de género que no puede pasarnos desapercibido a la hora de realizar una valoración de la prueba”. Se trata de un caso donde el demandado ha sido condenado hasta dos veces por delitos relacionados con el procedimiento de violencia sobre la mujer.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha declarado nulo por discriminatorio el despido de una víctima de violencia de género, acordado por el administrador de la empresa, que era su expareja, después de que un juzgado le condenara por maltratarla y le impusiera una orden de alejamiento y prohibición de comunicación. Los magistrados del Alto Tribunal autonómico consideran que la decisión de la mercantil, dedicada a la actividad de instalación de carpintería, vulnera el artículo 14 de la Constitución Española, que prohíbe la discriminación por razón de sexo.
El Tribunal Supremo ha condenado a un hombre que dejó de abonar las pensiones por alimentos a su familia por el delito del artículo 227 del Código Penal a la pena de seis meses de prisión, en cuantía que ascendía a la suma de 34.639,04 euros, apuntando la Sala que este delito “puede configurarse como una especie de violencia económica, dado que el incumplimiento de esta obligación deja a los propios hijos en un estado de necesidad en el que, ante su corta edad, y carencia de autosuficiencia, necesitan de ese sustento alimenticio del obligado a prestarlo, primero por una obligación moral y natural que tiene el obligado y si ésta no llega lo tendrá que ser por obligación judicial”.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 19 años de prisión a un hombre por violar, maltratar y humillar a su mujer durante cuatro años en los domicilios en los que residían en la provincia de Sevilla. La sala Afirma que existió un marco de permanente humillación, sojuzgamiento y temor, según los hechos probados, no faltaron los golpes del acusado a su esposa, a quien también obligaba a mantener relaciones sexuales contra su voluntad y por la fuerza, sin que su pareja, en el estado de temor y subordinación en que vivía, acertara a oponer una resistencia mínimamente eficaz.
La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha confirmado la denegación a la Comunidad de Madrid de la solicitud de entrada en un domicilio, para proceder a su desalojo forzoso, que era propiedad de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad y que estaba ocupado ilegalmente por una mujer y sus dos hijos de corta edad. El motivo de la decisión de denegar la solicitud es “la absoluta falta de previsión” por parte de la Administración respecto de las medidas de protección para las personas en situación de especial vulnerabilidad que vivían ilegalmente en la casa: no solo los dos niños, sino también la madre, en situación de precariedad económica y presunta víctima de violencia doméstica.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a prisión permanente revisable impuesta a un hombre que asesinó a la hija de su mujer, que tenía dos años de edad, en su domicilio de Alzira (Valencia), después de que esta le anunciara que iba a divorciarse de él.
La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de 28 años de cárcel a una mujer que mató a su pareja sentimental en Telde (Gran Canaria) en 2016, y posteriormente ocultó su cadáver en un bidón que arrojó al mar meses después en Las Palmas, aunque el cuerpo fue luego descubierto en la orilla por un vecino a escasos metros de donde fue lanzado
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a once años de cárcel al joven acusado de asesinar en noviembre de 2018 a su madre, de 49 años de edad, en la vivienda donde ambos convivían en la localidad de Alcalá de Guadaíra, todo ello tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular el pasado día 2 de octubre
La Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio del Interior por la inadecuada protección que la Guardia Civil otorgó a una mujer que solicitó una orden de protección como víctima de violencia de género y que fue asesinada por su marido.
La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado en dos sentencias la pena de prisión permanente revisable impuesta a dos hombres que asesinaron a dos mujeres con la finalidad de ocultar el delito previo de agresión sexual sobre las mismas víctimas. Los crímenes se produjeron en 2017 en Huércal de Almería y Pilas (Sevilla), respectivamente, y tanto tribunales del jurado de la Audiencias de Almería y Sevilla, como posteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, impusieron la prisión permanente revisable entre otras penas a los dos autores.