DETALLE
Acuerdo
Examinada la propuesta de la Comisión Calificación relativa a la provisión de la Presidencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, vacante por expiración del mandato del anteriormente nombrado, y presentada por la ponencia del expediente de provisión de la plaza, el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en sesión celebrada el 29/01/2025, acuerda nombrar presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona al magistrado Antonio Ramón Recio Córdova.
El presente nombramiento se fundamenta en los méritos y en la capacidad del candidato nombrado, actual presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona y único solicitante de la plaza.
Antonio Ramón Recio Córdova ingresó en la Carrera Judicial por el turno libre el día 08/02/1990, ostenta el número 913 del escalafón oficial de la categoría de magistrado y cuenta con más de 34 años de servicio en la Carrera Judicial. Sus destinos anteriores fueron los siguientes: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de La Bañeza (León) (05/03/1990-02/04/1992), Juzgado de Primera Instancia núm. 19 de Barcelona (21/04/1992-25/04/1994), Juzgado de Primera Instancia núm. 30 de Barcelona (30/04/1994-18/01/2005), y Sección Primera de la Audiencia Provincial de Barcelona (25/01/2005-02/05/2016).
El candidato designado demuestra un perfecto conocimiento de la situación de la Audiencia Provincial de Barcelona en la que lleva destinado casi 20 años y de los órganos unipersonales del territorio, lo que pone de manifiesto en su programa de actuación y en su comparecencia. Ello se evidencia en su actividad en el cargo como presidente de la Audiencia Provincial de Barcelona desde 2016 a la actualidad; como miembro nato de la Sala de Gobierno del TSJ de Cataluña en el mismo periodo (miembro electo de la misma Sala desde 2009 hasta 2016 y de su Comisión Permanente); y como delegado del decano en orden jurisdiccional civil entre 1999 y 2004.
Se valora favorablemente el grado de cumplimiento de su anterior programa de actuación. En atención a las necesidades detectadas en el órgano y las propuestas que realiza en su plan de actuación, debe afirmarse que el candidato conoce la situación, carencias y línea de actuación que debe guiar su gestión en la Audiencia. Además, también se valoran favorablemente las diecisiete propuestas en que se resume su plan de actuación que, sin duda, están encaminadas a lograr un mejor funcionamiento orgánico, jurisdiccional e institucional de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Entre ellas hay que destacar la previsión sobre la creación de una comisión integrada por el Presidente de la Audiencia de Barcelona y los Jueces/as Decanas/as que se reuniría de forma periódica ?en el próximo año 2025, al menos cada dos meses- inicialmente para trabajar en la constitución de los Tribunales de Instancia y, posteriormente, en establecer ?un mapa de necesidades? y trasladar propuestas a Sala de Gobierno: el desarrollo de los Tribunales de Instancia precisará de la aprobación en los distintos partidos judiciales de una serie de normas de funcionamiento que puede tomar como referencia el ?Protocolo de Estatuto del Tribunal de Primera Instancia de lo Mercantil de Barcelona? que la Comisión Permanente del CGPJ aprobó en el Acuerdo 1.1.8 de su reunión celebrada en fecha 15 de julio de 2014.
El candidato nombrado también acredita su notable experiencia en la materia gubernativa, a través de la variedad de diez acuerdos gubernativos que aporta en su relación, relativos a materias tales como la adscripción a la Sección 7ª (Penal) a un magistrado que se encontraba en situación administrativa de servicios especiales; establecimiento de criterios de actuación en relación con las conformidades en el Tribunal de Jurado; sobre atribuciones del presidente de la Audiencia Provincial para convocar a los magistrados/as de las distintas Secciones para unificación de criterios y la coordinación de prácticas procesales; el reforzamiento de las Secciones civiles de la AP Barcelona mediante un sistema de comisiones de servicio sin relevación de funciones; propuesta de plan de refuerzo transversal; resoluciones de los conflictos de reparto entre secciones, entre otras.
Por lo que se refiere a las aptitudes excelencia jurisdiccional, la amplitud y calidad de los conocimientos y habilidades jurídicas alcanzados en el ejercicio de la jurisdicción queda demostrado en las resoluciones seleccionadas como destacadas, todas ellas relevantes desde el punto de vista jurídico, destacando la complejidad y trascendencia de los asuntos planteados en materias civiles tales como la responsabilidad por productos farmacéuticos, en un caso en el que una asociación de hemofílicos, con más de cien miembros, interesó un indemnización a varios laboratorios por el contagio de hepatitis C (la Sentencia de la Sala 1ª del TS nº 244/2014, de 21 de mayo (ECLI:ES:TS:2014:1911) desestima el recurso de casación y expresamente destaca la sentencia de la Audiencia en los siguientes términos: "La sentencia de la Audiencia provincial, encomiable en todos sus aspectos, formales y jurídicos ..."); en materia de responsabilidad de un centro escolar, en el supuesto del fallecimiento de un alumno que tuvo gran repercusión social; y la responsabilidad por un incendio (la Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo nº 124/2017, de 24 de febrero (ECLI:ES:TS:2017:717) destaca expresamente lo siguiente de la sentencia de apelación: «El Tribunal de apelación sigue en la decisión del recurso una precisa y clara metodología».
Estas consideraciones son extensibles a las resoluciones relacionadas y resumidas en la memoria aportada.
Al margen de estas consideraciones específicas, destacan como méritos comunes en el ámbito de la excelencia jurisdiccional, que al momento de la presentación de la instancia llevaba más de 34 años de servicio activo ininterrumpido en la Carrera Judicial y más de 30 en la categoría de magistrado; que todos esos años de servicio los ejerció o en órgano mixto o en órganos civiles; y, además, los casi 20 años de experiencia en órgano colegiado.
Como mérito específico de la Audiencia Provincial de Barcelona, debe tenerse en cuenta que los cerca de 20 años en órgano colegiado lo son en una Audiencia Provincial, así como el profundo conocimiento de la situación de la Audiencia Provincial de Barcelona y de los órganos judiciales unipersonales de su circunscripción, puesto de manifiesto por su experiencia en la misma, los indicadores y datos aportados en el programa de actuación, y su concreta y precisa exposición ante la Comisión de Calificación sobre el particular. Además, tiene reconocidos los méritos del idioma y Derecho civil catalanes.
Desde otra perspectiva, el Pleno también ha valorado que el candidato nombrado ha sido coordinador y tutor en prácticas tuteladas (alumnos/as de las Promociones 51ª a 55ª), miembro del tribunal de oposiciones a Notarías (2015/2016).
El magistrado Recio Córdova es Vocal del Consejo Rector del CEJFE desde 2016 a la actualidad; autor de 12 publicaciones jurídicas de Derecho civil. Entre ellas, varios capítulos en la obra colectiva ?Una interpretación judicial de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Seminario de Jueces y Secretarios Judiciales de Primera Instancia?, editorial Aranzadi, Barcelona, 2002; el artículo ?La validez de los contratos en los principios de derecho europeos?, en ?Interpretación de los contratos a partir de los principios de Derecho europeo?, Cuadernos Digitales de Formación, 2010; ?Derechos Reales? Tema 1 del Mòdul IV. Drets Reals. Libro V CCCat. Curso de Dret Civil de Cataluña, CGPJ, Ediciones 2017 ? 2024; ó ?Intervención en las Jornadas conmemorativas de los 20 años del Código Civil de Cataluña?, en el Libro ?Vint anys del Codi civil de Catalunya?, Generalitat de Catalunya?. Departament de Justicia, Drets i Memoria, Barcelona, 2024.
El candidato nombrado es Académico de Número de la Acadèmia de Jurisprudència i Legislaciò de Catalunya; profesor del Máster de Acceso a la Abogacía en la Universitat Oliva Ceu desde el curso 2010/2011 hasta la actualidad; ponente en 33 cursos y seminarios organizados por el CGPJ y en 13 organizados por otras instituciones públicas y privadas y, además, ha sido docente en la Escuela Judicial en la actividad de Derecho Orgánico Judicial (Promociones 61ª y 62ª).
Todo lo expuesto hace que el magistrado Antonio Ramón Recio Córdova, único solicitante de la plaza convocada, sea considerado plenamente idóneo para el desempeño de la misma.
El presente acuerdo ha sido adoptado por unanimidad.