DETALLE

Acuerdo

Primero.- Constituir un grupo de trabajo a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Adicional de la Ley Orgánica 3/2024, de 2 de agosto, de reforma de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y de reforma de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal; que estará coordinado y dirigido por los/as Vocales Bernardo Fernández Pérez, José Carlos Orga Larrés, Isabel Revuelta de Rojas y Argelia Queralt Jiménez.

Este grupo de trabajo tendrá como objetivo elaborar un informe que examinará los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al Consejo español y una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales designados entre jueces y magistrados, conforme a lo dispuesto en el artículo 122 de la Constitución, que garantice su independencia y que, con la participación directa de jueces y magistrados que se determine, pueda ser evaluada positivamente por el informe del Estado de Derecho de la Comisión Europea, en la que se establezca un Consejo General del Poder Judicial acorde con los mejores estándares europeos. Este informe se someterá a la consideración del Pleno del Poder Judicial para su eventual aprobación por tres quintos de sus vocales.

Segundo.- A este equipo de trabajo se adscribirán los servicios técnicos del Consejo General del Poder Judicial necesarios para su eficaz funcionamiento.

Asunto

Propuesta de Presidencia para la conformación y composición de grupo de trabajo para preparación y elaboración de informe al objeto de examinar los sistemas europeos de elección de los miembros de los Consejos de la Magistratura análogos al Consejo español y una propuesta de reforma del sistema de elección de los vocales designados entre jueces y magistrados aprobada por una mayoría de tres quintos de sus vocales, conforme a lo dispuesto en el artículo 122 de la Constitución, que garantice su independencia y que, con la participación directa de jueces y magistrados que se determine, pueda ser evaluada positivamente por el informe del Estado de Derecho de la Comisión Europea, en la que se establezca un Consejo General del Poder Judicial acorde con los mejores estándares europeos (Disposición Adicional de la Ley Orgánica 3/2024 de 2 de agosto).

Servicio Origen

Gabinete de Presidencia

Fecha

25-sep-2024

Anexo

1

Número de Acuerdo

93