DETALLE

Acuerdo

Tomar conocimiento y acusar recibo del acuerdo adoptado por la Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en sesión de fecha 11 de abril de 2025, en relación con lo acordado en Junta Sectorial de los Juzgados de lo Social de Vitoria Gasteiz de fecha 27 de marzo de 2025, sobre unificación de criterios, del siguiente tenor literal:

- Acuerdo de unificación de criterios: En atención a las dudas manifestadas por los diferentes operadores jurídicos en relación con la aplicación de los art. 82.4, 82.5 y 90 de la LRJS, tras la reforma operada por la LO 1/2005, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, cuya entrada en vigor está prevista para el 3 de abril de 2025, se acuerda por unanimidad:

1.- Considerar que el plazo de 10 días establecido en la nueva redacción del art. 82.5 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, es de aplicación a los procedimientos que tengan entrada a partir del 3/04/2025 y, siendo plazo de preclusión, una vez transcurrido el plazo indicado en dicho precepto, no se admitirán en juicio ninguna prueba documental o pericial, cualquiera que sea su suporte, incluidos aquellos que deban ser reproducidos en el acto de juicio, que no se halle en alguno de los supuestos excepcionales mencionados en dicho precepto, debiendo proceder también a su aportación en formato electrónico al Expediente Judicial Electrónico.

2.- Solicitar a través de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco que se requiera al Departamento de Justicia del Gobierno Vasco la actualización de los modelos de citación existentes en AVANTIUS conforme a la nueva regulación resultante de la LO 1/2005.

3-. Comuníquese el presente acuerdo al Ilustre Colegio de la Abogacía de Álava, al Ilustre Colegio de Graduados/as Sociales de Álava y al Ilustre Colegio de Procuradores de Álava para su conocimiento y difusión entre los/as profesionales colegiados/as.

No habiéndose formulado ninguna objeción, y sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión y se da por concluida la Junta Sectorial de Jueces lo Social de Vitoria-Gasteiz, a las 14:00 horas del día de su fecha, extendiéndose la presente acta.

Elévese el presente acuerdo al Consejo General del Poder Judicial por conducto de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, para la emisión del preceptivo informe. "

La Sala queda enterada y acuerda trasladar la solicitud de actualización de los documentos existentes en Avantius a la nueva regulación contenida en la LO 1/2025 al próximo Comité de Seguimiento de Avantius que se celebrará el próximo 24 de abril y trasladar a los colegios profesionales el contenido del acuerdo adoptado en la Junta de Jueces de lo Social de Vitoria-Gasteiz.

El presente acuerdo se adopta en ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por Acuerdo de fecha 23 de octubre de 2024 (BOE 28 de octubre de 2024).

Contra el presente acuerdo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación del mismo.

Asunto

Propuesta del Servicio de Personal Judicial, relativa al acuerdo adoptado por la Comisión de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en sesión de fecha 11 de abril de 2025, en relación con lo acordado en Junta Sectorial de los Juzgados de lo Social de Vitoria Gasteiz de fecha 27 de marzo de 2025, sobre unificación de criterios.

Servicio Origen

Jueces y Magistrados

Fecha

06-may-2025

Anexo

1.2

Número de Acuerdo

13