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El consistorio deberá pagar 6.000 por permitir que se vulnerara el derecho a la intimidad con “molestias intolerables”.
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número tres de Valencia ha condenado al Ayuntamiento de Sagunto a pagar 6.000 euros a una familia por los ruidos provenientes de un terraza ilegal instalada por un bar.
La juez estima así el recurso presentado por la familia afectada contra la decisión del Ayuntamiento de conceder licencia de apertura a la cafetería. Entiende la magistrada que hubo vulneración de los derechos fundamentales, y explica que “el establecimiento de una terraza exige la obtención de un permiso específico, que parte de dos premisas: no generar molestias a los vecinos y contar previamente con licencia de apertura y funcionamiento”.
Las mediciones sonoras ronzaban los 55 decibelios, el máximo permitido en horario diurno en uso residencial. Se vulneró el derecho a la intimidad en su modalidad de generación de ruidos y molestias intolerables.
“Esta circunstancia, unida a la ilegalidad de la implantación de la terraza tanto por el actual titular como por sus transmitentes, conduce a considerar que efectivamente, se ha permitido por el Ayuntamiento sin consideración a los derechos de los residentes tal conducta, vulnerando los mismos, al punto de hacer insoportable la habitalidad de la vivienda, al encontrarse tan próxima la actividad y las molestias que genera, todo ello con independencia de las causas útlimas de los problemas de salud que presentan los recurrentes”.
Además, el Consistorio deberá hacerse cargo del importe de la insonorización de las ventanas de la vivienda familiar, valorado en más de 2.000 euros.