Agenda de señalamientos de la semana del 1 de diciembre de 2025

Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Lunes, 1 de diciembre

 

09:30 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Tribunal del Jurado 30/2025

Delitos de allanamiento de morada y violación

 

Acusado de acceder al interior de una autocaravana donde dormía una pareja e introducirle los dedos en la vagina a la mujer.

 

Según el escrito de la fiscalía, la pareja había estacionado su autocaravana junto a una playa en Santander y dormía en la cama.

 

Entonces, sobre las siete y media de la mañana, el acusado se acercó al vehículo, abrió la puerta, que estaba cerrada pero sin echar la llave, y se acercó a la cama donde dormía la pareja.

 

Introdujo la mano por el interior del pijama de la mujer y metió uno o varios dedos en su vagina. Entonces, ella se despertó de inmediato, gritó, despertó a su pareja y el acusado salió corriendo. Minutos después fue interceptado por agentes de la policía.

 

A consecuencia de los hechos, la mujer ha padecido un trastorno ansioso-depresivo y sufre como secuela estrés postraumático leve.

 

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de allanamiento de morada en concurso con un delito de violación, merecedores de cinco años y medio de prisión, siete años de prohibición de acercarse y comunicar con la mujer, seis años de libertad vigilada y diez años de inhabilitación para trabajar con menores.

 

En concepto de responsabilidad civil, solicita el ministerio público que el acusado indemnice a la mujer en 9.950 euros por el perjuicio causado, las secuelas y los daños morales ocasionados.

 

Nota:

 

Está previsto que este juicio continúe hasta el jueves en sesiones que darán comienzo a las nueve y media de la mañana.

 

 

Miércoles, 3 de diciembre

 

09:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 71/2024

Delito de estafa agravada

 

Dos acusados de, en su calidad de managers, estafar a una artista musical a la que representaban.

 

Según el escrito de la fiscalía, la acusada y su pareja, también acusado, aprovecharon la confianza que tenían en ellos la cantante a la que representaban y la madre y agente de esta para hacerles creer que iban a firmar un contrato con una discográfica.

 

Así, lograron que las dos mujeres ingresaran 75.322 euros en una cuenta bancaria en la creencia de que era propiedad de la discográfica, cuando en realidad era titularidad de los dos acusados.

 

Cuando las mujeres lograron contactar con la discográfica, esta les informó de que su factura de servicios había sido abonada por la manager por un importe más bajo (29.000 euros) y que el contrato nunca se llevó a cabo por causa imputable a los acusados.

 

Los hechos constituyen, a juicio de la fiscalía, un delito de estafa agravada que atribuye a los dos acusados. Además, en el caso de él, con la agravante de reincidencia, ya que con anterioridad fue condenado por estafa.

 

La pena para ella asciende a dos años de prisión y 2.400 euros de multa; y para él, a cuatro años de cárcel y 3.600 euros de multa.

 

En concepto de responsabilidad civil, solicita el ministerio público que ambos indemnicen de manera conjunta y solidaria a las dos perjudicadas en 75.322 euros.

 

La acusación particular, que ejerce la artista, solicita para ambos acusados cuatro años de prisión y 4.500 euros de multa, así como 75.322 euros de indemnización.

 

 

Jueves, 4 de diciembre

 

 

09:15 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Vista de conformidad del Procedimiento Sumario Ordinario 28/2024

Delito de agresión sexual

 

Dos hombres acusados de agredir sexualmente a dos menores de edad cuando todos ellos se encontraban en la vivienda de una de las chicas tras haber consumido sustancias estupefacientes.

 

Explica el escrito del ministerio fiscal, que suscriben las acusaciones y las defensas, que los dos hombres habían quedado con las menores –de quince y catorce años- y habían consumido voluntariamente MDMA.

 

Los cuatro, “con sus capacidades intelectuales notablemente afectadas por la previa ingesta de droga”, se encontraban en la vivienda de una de las chicas.

 

Entonces, uno de los acusados, “con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, mantuvo relaciones sexuales con penetración con las dos menores, siendo perfectamente consciente de que tenían menos de dieciséis años”.

 

El otro, “presidido por idéntico ánimo”, le pidió a una de las menores que mantuviera relaciones con él, “tocándola por las piernas y el pecho”, a lo que ella se negó.  Con la otra menor sí mantuvo relaciones con penetración, “también perfectamente consciente de su edad”.

 

Explica el escrito que las menores “no tenían ni la edad suficiente para consentir dichas relaciones sexuales ni estaban en condiciones psicofísicas para manifestar libremente su voluntad, no formulando oposición a la conducta desplegada por los procesados”.

 

El escrito de conformidad califica los hechos como tres delitos de agresión sexual con acceso carnal y un delito de agresión sexual sin acceso carnal, con la concurrencia de la circunstancia eximente incompleta de intoxicación semiplena y la atenuante de reparación de daño, ya que ambos acusados han consignado 4.000 euros cada uno para reparar a las víctimas.

 

Para el primer acusado, como autor de dos delitos de agresión sexual con acceso carnal, solicitan cuatro años de prisión, así como la prohibición de acercarse y comunicar con cada una de las menores durante cinco años, inhabilitación para ejercer la patria potestad durante ocho años, e inhabilitación para trabajar con personas menores de edad durante catorce años.

 

Para el segundo, como autor de un delito de agresión sexual con acceso carnal y otro sin acceso carnal, la pena solicitada es de dos años y medio de prisión, prohibición de acercarse y comunicar con cada una de las menores durante cinco años, inhabilitación para ejercer la patria potestad durante ocho años, e inhabilitación para trabajar con personas menores de edad durante catorce años.

 

En concepto de responsabilidad civil, se propone que cada uno de los acusados indemnice a cada menor en 2.000 euros por el daño causado. Estas cantidades ya han sido consignadas judicialmente, por lo que piden que sean entregadas a las perjudicadas.

 

 

 

 

 

10:30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 40/2025

Delito de estafa procesal

 

Acusada una abogada de maquinar para retrasar una resolución judicial.

 

Explica la fiscalía en su escrito de acusación que la letrada intervino como parte demandada en un juicio verbal en el que alegó la existencia de un procedimiento penal que incidía directamente en la resolución del pleito civil.

 

En el seno del procedimiento penal, se dictó auto de archivo que fue recurrido en reforma por la abogada y desestimado por el juzgado. Nunca presentó recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

 

Así las cosas, en la fecha en la que tuvo lugar la vista del juicio verbal, la acusada solicitó la suspensión dado que, según alegó, estaba pendiente de resolverse el recurso de apelación en la causa penal que incidía directamente en el asunto civil.

 

Entonces, “la jueza acordó dejar pendiente el dictado de la sentencia” hasta que la Audiencia resolviese el citado recurso, si bien un día después alzó la suspensión porque tal recurso no existía.

 

Entiende la fiscalía, que la acusada, “siendo plenamente conocedora de que no había interpuesto recurso de apelación alguno, provocó confusión en la jueza”.

 

Tal situación “dio lugar a un retraso en la resolución del procedimiento civil, con el consiguiente perjuicio económico para la otra parte demandante”.

 

Para el ministerio fiscal, los hechos constituyen un delito de estafa procesal, merecedor de un año de prisión.

 

La acusación particular, que ejerce el demandante en el juicio civil, pide además de la pena de prisión una multa de 2.700 euros, así como una indemnización de 3.000 euros por el daño moral causado.

 

 

 

 

 

 

12:15 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria

Juicio del Procedimiento Abreviado 8/2025

Delito continuado de estafa

 

Acusado de aprovechar la relación de confianza que tenía con otro hombre para estafarle más de 25.000 euros: engañándole sobre el pago de los impuestos de una herencia, utilizando sus claves bancarias y contratando a su nombre créditos por internet.

 

En su escrito de acusación, la fiscalía explica que el acusado “mantuvo durante años una estrecha relación de amistad y familiaridad” con el otro hombre, quien “le proporcionó un amplio crédito personal”.

 

Así las cosas, cuando el padre de este falleció, el acusado, “con ánimo patrimonial ilegítimo, aprovechó el vínculo afectivo y convenció al perjudicado de que, para liquidar los tributos de la herencia de su padre, debía pagar a la Agencia Tributaria 3.300 euros”.

 

Para ello le entregó una “supuesta comunicación escrita” de hacienda donde figuraba una cuenta bancaria que era de su propiedad.

 

Posteriormente, “conoció subrepticiamente” las claves de su cuenta bancaria, de modo que llevó a cabo múltiples transferencias desde las cuentas del perjudicado a las suyas, por un importe total de 22.300 euros.

 

Finalmente, utilizó el terminal móvil del perjudicado para “simular la intervención de este en la contratación de préstamos por internet”.

 

Por todo ello, la fiscalía considera al acusado autor de un delito continuado de estafa y solicita para él tres años de prisión, 2.700 euros de multa y 25.500 euros de indemnización.

 

La acusación particular, por su parte, solicita tres años y medio de cárcel, 1.800 euros de multa y 27.800 euros de indemnización.