El Tribunal Supremo se opone al indulto del expresidente del FC Barcelona, José Luis Núñez

El empresario catalán basó su petición en lo injusto que resulta que una persona honorable acabe su trayectoria profesional de forma abrupta con una condena impuesta por unos hechos ocurridos hace tantos años

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha informado en contra de la concesión del indulto a José Luis Núñez Clemente, condenado por el Tribunal Supremo a dos años y dos meses de prisión, al pago de una multa de 1.500.000 de euros y a siete años de inhabilitación para cargo o empleo público por un delito continuado de cohecho en el caso “Hacienda”.

El Tribunal Supremo, de acuerdo con el criterio del fiscal, se opone a la concesión de la medida de gracia al expresidente del FC Barcelona por los siguientes motivos:
"Las condiciones personales del penado pudieron ser -y, en buena medida-, fueron objeto de consideración en la individualización de la pena que se le impuso. La referencia al acierto en la resolución jurisdiccional puede, benignamente, considerarse fuera de este lugar y en ningún caso erigirse en justificación de un recurso ante sedes no jurisdiccionales mal encubierto por una formal pretensión de indulto. 

No se trata de cuestionar la protestada honorabilidad del penado, pero ello, solamente si se salvara su compatibilidad, problemática, con la responsabilidad criminal origen de su condena. En todo caso, aquélla no merma ni hace injusta la exigencia de responsabilidad penal. En cuanto a las razones de utilidad pública no se atisban en la quiebra de la efectividad de la pena, pues nada es menos útil a la sociedad que el abandono de las penas ciertas tanto más si se hace en atención al poco igualitario criterio de relevancia social o económica del penado".

El fiscal afirma que en el presente caso ninguna de las razones alegadas tiene entidad suficiente para justificar el indulto "ni concurren méritos o razones excepcionales en el hecho ni en el autor que posibiliten la concesión de tan extraordinario beneficio".

El empresario catalán basó su petición en lo injusto que resulta que una persona honorable acabe su trayectoria profesional de forma abrupta con una condena impuesta por unos hechos ocurridos hace tantos años. Justificó su solicitud en su avanzada edad, su delicado estado de salud y en que no ha vuelto a delinquir.

La Sala de lo Penal también informa en contra de la concesión de la medida de gracia a los condenados José Luis Núñez Navarro, Salvador Sánchez Guiu y Manuel Abella Zarraluqui.