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Entre los siete condenados se encuentran dos concejales, condenados a cuatros años de prisión por un delito de malversación de caudales públicos agravada
La sección tercera de la Audiencia de Jaén ha absuelto al que fuera alcalde de Jaén y secretario de Estado de Hacienda de los delitos de prevaricación y de malversación de caudales públicos y ha condenado a siete personas por delitos de falsedad continuada de documento mercantil y malversación.
Dos concejales han sido condenados a cuatros años de prisión por un delito de malversación de caudales públicos agravada, la misma pena a la que ha sido condenado un técnico municipal. A dos de los empresarios se les condena a cuatro años por un delito continuado de falsedad y a un año y nueves meses por un delito de malversación y a otros dos -uno de ellos el empresario de Matinsreg que reconoció los hechos durante el juicio- a dos años y diez meses de prisión por los mismos delitos.
El origen de esta causa se encuentra en la querella interpuesta por el grupo municipal socialista a finales de 2017 y en la que acusaban de pagos excesivos a Matinsreg, empresa a la que se había adjudicado por un procedimiento de emergencia el servicio de las fuentes ornamentales de la ciudad en el año 2012.
La sentencia considera probado que dos de los empresarios “puestos de común acuerdo y animados de lucro acordaron que las facturas que presentaran al Ayuntamiento de Jaén contuvieran conceptos no ajustados a la realidad como precios de los productos usados muy superiores al real, cantidad de estos productos, igualmente muy superior a la realmente utilizada, horas de trabajadores también que no se correspondían con la realidad, todo ello a fin de elevar el importe de las mismas y obtener de las arcas municipales unos beneficios ilícitos”.
Señala que los dos concejales condenados conocían dicho acuerdo y facilitaron a los anteriores la consecución de ese plan y permitieron “que las facturas que presentara Matinsreg SLU fueran aceptadas, visadas y conformadas por el Técnico Municipal correspondiente de la Oficina de Control de Empresas de la Concejalía de Mantenimiento, así como por el Concejal, dándoles con ello apariencia de legalidad a fin de que fueran finalmente abonadas por el Ayuntamiento”.
Por el contrario, la resolución considera que no ha quedado probado que el que fuera alcalde y secretario de Estado de Hacienda “sustrajera o consintiera que un tercero lo hiciera o se beneficiase de ello, respecto de los caudales o efectos públicos que tuviera por razón de su cargo” ni que “ninguna acción u omisión por su parte provocara tal desfalco en dicho Ayuntamiento”.