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La Sala de lo Contencioso exige al Colegio Nuestra Señora de Loreto de Valencia un aval de 112.000 euros para mantener las 4 unidades de Bachillerato hasta que el Supremo resuelva el recurso
El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha acordado la ejecución provisional de la sentencia que devuelve al Colegio Nuestra Señora de Loreto de Valencia las aulas de enseñanza concertada que la Conselleria de Educación no renovó el pasado año.
La Sala estimó en mayo el recurso interpuesto por dicho centro escolar contra la resolución de la Generalitat de 2017 y reconoció el derecho del colegio a mantener las cuatro unidades de bachillerato (dos para primero y dos para segundo) para los cursos 2017-2018 a 2020-2021.
La sentencia ha sido recurrida por la Administración Autonómica ante el Supremo, motivo por el que el centro escolar ha pedido que se ejecute provisionalmente el pronunciamiento del TSJ hasta que el Alto Tribunal resuelva.
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ estima ahora la solicitud del centro y ordena la ejecución provisional de la sentencia. El colegio deberá depositar una fianza equivalente al 30% del importe que recibirá anualmente de la Generalitat por el concierto, tomando como referencia el máximo de dos años, tiempo estimado para obtener un pronunciamiento definitivo del Alto Tribunal.
En este caso, el TSJ ha fijado el importe de la caución en 112.000 euros.