DETALLE
Acuerdo
Estimar la petición de exención de elaboración de alarde formulada por el juez Javier Calatayud García, tras su cese en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Alcoy (Alicante), al concurrir las circunstancias necesarias para obtenerla.
El presente acuerdo se adopta en ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por el acuerdo de fecha 23 de octubre de 2024 (BOE de 28 de octubre de 2024).
Contra el presente acuerdo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.