DETALLE
Acuerdo
Primero.- Tomar conocimiento, del Acuerdo 6.2 adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en reunión de 28 de febrero de 2025, por el que:
- Se da cuenta de la información remitida por el Departamento de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno Vasco, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Comisión Mixta Interinstitucional con fecha de 29 de enero de 2025, relativo al punto 3.1 del orden del día, en el que explicita el procedimiento por el que se constituyen las bolsas de funcionarios/as interinos, el sistema de selección, formación y cobertura de los puestos vacante o con bajas de larga duración.
- Se da cuenta a la Sala de la propuesta elaborada por el grupo de decanos/as en relación a la situación actual de los funcionarios/as interinos en la Administración de Justicia.
- Así mismo, se da cuenta a la Sala del informe elaborado por secretaria de gobierno de este Tribunal, conteniendo consideraciones sobre la cobertura de vacantes y la bolsa de funcionarios/as interinos.
- Así mismo, se da cuenta a la Sala del informe elaborado por la secretaria de gobierno de este Tribunal, relativo a los funcionarios de refuerzo asignados a las oficinas judiciales en el País Vasco.
- El Pleno, previa deliberación, acuerda encomendar una ponencia a la María Mercedes Guerrero Romeo y a la Irene Rodríguez del Nozal relativa a la normativa de bolsas de funcionarios/as interinos, el sistema de selección, formación y cobertura de los puestos vacante o con bajas de larga duración que, en lo que se estime, complemente el documento elaborado por el grupo de decanos/as.
Segundo.- Particípese este acuerdo al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, al Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, y al Departamento de Justicia y Derechos Humanos del País Vasco.
La presente resolución se dicta en cumplimiento del Acuerdo de Delegación de Competencias en la Comisión Permanente, adoptado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en su reunión de 23 de octubre de 2024 (BOE 28 de octubre de 2024).
Contra el presente acuerdo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de este.