DETALLE

Acuerdo

Denegar la petición de confección de alarde simplificado formulada por el magistrado Miguel Ángel Chamorro González, tras su cese en el Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Barcelona, debido a las circunstancias expuestas en el informe anexo a este acuerdo.

El presente acuerdo se adopta en ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial por el acuerdo de fecha 23 de octubre de 2024 (BOE de 28 de octubre de 2024).

Contra el presente acuerdo podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Asunto

Propuesta del Servicio de Inspección para la formalización de alarde simplificado formulada por el magistrado Miguel Ángel Chamorro González titular del Juzgado de Primera Instancia n.º 50 de Barcelona.

Servicio Origen

Inspeccion

Fecha

29-oct-2024

Anexo

6

Número de Acuerdo

3