La Comisión Iberoamericana aprueba un dictamen donde se distingue con claridad entre el Derecho disciplinario y la Ética judicial
La Comisión Iberoamericana de Ética Judicial, en su XVI sesión virtual, celebrada el 23 de septiembre de 2021, aprobó su Decimosexto dictamen sobre la acción disciplinaria y la ética en el control del comportamiento de los jueces.
El dictamen fue elaborado por el comisionado costarricense Luis Porfirio Sánchez Rodríguez y en el mismo se subraya que el régimen de responsabilidades jurídicas y éticas de los jueces debe ser compatible con su estatuto de independencia, imparcialidad y también de integridad.
La Comisión analiza las responsabilidades de los jueces y la necesidad de garantizar la independencia e imparcialidad de estos, expone las finalidades y los mecanismos de responsabilidad jurídica, en especial los regímenes disciplinarios y los instrumentos que adoptan los códigos de ética aplicables a los jueces; y, por último, indaga sobre la concepción que deriva del Código Iberoamericano de Ética Judicial del control jurídico y el alcance ético del comportamiento de los jueces realizado precisamente con la interpretación institucional de los principios y virtudes que orientan su conducta.
Como señaló la comisionada Rosa María Maggi Ducommun en los debates que condujeron a la adopción del dictamen, "Tanto el derecho disciplinario como la ética judicial son instrumentos para controlar la actividad de los jueces en cuanto ambos cumplen la función de legitimar el ejercicio del poder jurisdiccional y conseguir en definitiva una justicia imparcial. La dificultad se presenta debido a que la aplicación del derecho disciplinario a los jueces requiere que el legislador haya cumplido con dar estricto uso a los principios de legalidad y tipicidad, único modo de garantizar la independencia de la función judicial. A ello se suma que el derecho disciplinario solo puede ser aplicado al juez en cuanto funcionario y jamás cuando ejerce sus funciones jurisdiccionales".
Se trata, con toda probabilidad, de uno de los dictámenes de más alcance elaborado hasta ahora por la Comisión Iberoamericana de Ética Judicial y pretende, como indicó la comisionada Elena Martínez Rosso al debatir el dictamen, tener efectos en los distintos países iberoamericanos. A tal efecto sostuvo la comisionada uruguaya y Secretaria Permanente de la Cumbre Judicial Iberoamericana: "En los países que han adoptado las reglas del Código Iberoamericano de Ética Judicial en sus respectivos ordenamientos jurídicos pero carecen de Tribunales o de Comisiones de Ética Judiciales, como es el caso de Uruguay, resulta útil y conveniente que los órganos que entienden en materia de responsabilidad disciplinaria, cuando consideren y analicen la conducta de los jueces, distingan -cuando corresponde- entre lo que constituye una falta disciplinaria (principio de legalidad y de tipicidad mediante) y lo que constituye una falta ética, independiente de lo anterior".