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La Sala de lo Contenciso considera que son necesarios una serie de informes y estudios completos
La sección tercera de la Sala de lo Sontencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha estimado las medidas cautelares solicitadas por varias entidades ecologistas que pedían la suspensión de la ejecutividad de los acuerdos de la Consejería de Territorio sobre la prolongación de la C-32.
La sala considera que son necesarios una serie de informes y estudios completos y que se tendría que haber incorporado a la evaluación ambiental diferentes aspectos como la definición de los objetivos de reducción de emisiones, el análisis del impacto sobre la nueva infraestructura de fenómenos meteorológicos extremos o la contribución a las emisiones de gases de efecto invernadero, entre otros datos. Además, afirma que el estudio hidrológico no está cumplido.
“Todo lo expuesto nos lleva a acceder a la medida cautelars de suspensión de la ejectuvidad de las resoluciones recurridas, sin caución. No ha lugar a la medida cautelar sobre las obras que se peticiona por no versar el presente recurso sobre ellas, sin perjuicio de los efectos de lo acordado, que en modo alguno cabe entender como que las obras puedan continuar”, señala el tribunal.