• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 7489/2021
  • Fecha: 17/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Motivación de la prueba: la sentencia debe contener la suficiente motivación no sólo en lo referente a la calificación jurídica central o nuclear a que se contraiga el objeto del proceso, sino también en lo relativo a cualquier punto jurídico del debate y de las peticiones de las partes. Ahora bien, también hemos señalado que el Tribunal no viene obligado a dar una respuesta explícita a todas y cada una de las alegaciones o argumentaciones de las partes, bastando con la que se dé a la pretensión realizada, en la medida en que implique también una desestimación de las argumentaciones efectuadas en sentido contrario a su decisión. Responsabilidad civil ligada al delito de insolvencia punible. La relación entre la jurisdicción civil y penal es autónoma pero interrelacionada; el importe de la responsabilidad civil derivada de dichos delitos deberá incorporarse, en su caso, a la masa. No existe obstáculo alguno para que el proceso penal culmine con una declaración de responsabilidad civil, cuya efectividad quedará, sin embargo, condicionada por el resultado del proceso concursal. Y será precisamente al Juez mercantil a quien incumbirá la adopción de las decisiones precisas para que, en ningún caso, pueda generarse un enriquecimiento injusto para alguno de los perjudicados o una quiebra del principio de igualdad en la efectividad de los respectivos créditos. Dilaciones indebidas, presupuestos y cómputo.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 10731/2023
  • Fecha: 17/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La jurisprudencia ha adoptado un criterio favorable al reo en la interpretación del requisito de la conexidad que exigen los artículos 988 LECRIM y 76 CP para la acumulación jurídica de penas, al estimar que, más que la analogía o relación entre sí, lo relevante era la conexidad temporal. Es decir, que los hechos pudiesen haberse enjuiciado en un solo proceso, atendiendo al momento de su comisión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 47/2022
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El derecho fundamental a la presunción de inocencia no puede ser invocado para cubrir cada episodio, vicisitud, hecho o elemento debatido en el proceso penal, o parcialmente integrante de la resolución final que le ponga término. Los límites del control casacional no permiten desmenuzar o dilucidar cada elemento probatorio, sino que debe realizarse un examen general y contextualizado de la valoración probatoria para puntualizar en cada caso si ese derecho fue o no respetado, concretamente en la decisión judicial condenatoria, pero tomando en cuenta el conjunto de la actividad probatoria. Naturaleza jurídica de un acuerdo extrajudicial alcanzado sobre responsabilidades civiles. Consecuencias de ese acuerdo para la determinación de las responsabilidades civiles de los demás responsables penales que, a la vez, son codeudores solidarios: Interpretación de los artículos 1.143 y 1.146 del Código Civil. Dilaciones indebidas cualificadas, presupuestos. Reparación del daño. Se configura como una atenuante "ex post facto", que no hace derivar la disminución de responsabilidad de una inexistente disminución de la culpabilidad por el hecho, sino de la legítima y razonable pretensión del legislador de dar protección a la víctima y favorecer para ello la reparación privada posterior a la realización del delito.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 10899/2023
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se desestima el recurso confirmando la resolución recurrida porque el criterio de cálculo que se propone no es correcto. Acuerdos de Pleno no jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 3 de febrero de 2016 y de 27 de junio de 2018.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JULIAN ARTEMIO SANCHEZ MELGAR
  • Nº Recurso: 10576/2023
  • Fecha: 16/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La falta de acompañamiento de una D.T. a la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, obliga a la aplicación directa del art. 2.2 del Código Penal, y dentro del mismo, las pautas que hemos de seguir son las siguientes: a) mantenimiento del criterio del Tribunal sentenciador en orden a la concreta imposición de la pena; b) mantenimiento de la pena mínima, que sea más favorable de entre ambas legislaciones, en el caso de que el Tribunal sentenciador se hubiera decantado por tal dosificación de la pena; c) mantenimiento de la adecuada proporcionalidad en el caso de que se haya rebasado el mínimo, conforme a los distintos arcos penológicos aplicables, tomando en consideración todas las variables que haya expresado el Tribunal que individualizó la pena; d) no se trata de una nueva individualización penológica, pues ya procedió a ella el Tribunal sentenciador, sino de una operación consistente en la aplicabilidad de una norma más favorable, tomando en consideración todos los elementos que se juzgaron ya en su momento, y sin que en este juicio puedan introducirse modificaciones en contra de reo; e) los elementos fácticos y normativos deben permanecer inalterables. Recurre el Fiscal: estimación parcial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 7182/2021
  • Fecha: 12/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Sostiene el recurrente que no concurren los elementos objetivos propios del delito contra el patrimonio histórico objeto de condena, sin embargo, su divergencia no se centra en los elementos de tipicidad. El artículo 849.1 LECRIM remite exclusivamente a las normas que definen los tipos penales. El artículo 324 LECRIM contiene una norma de naturaleza propiamente procesal. Lo que pretende el recurrente como consecuencia de la infracción que denuncia es la nulidad de determinadas pruebas practicadas en el juicio y de diligencias en la instrucción, sin que ello sea materia propia de la subsunción típica, única cuestionable en el recurso de casación que nos ocupa. La sustracción de los libros del Archivo Histórico Diocesano de Teruel y la desaparición de algunas de las hojas de inscripción se produjo a finales del 2013 o principios de 2014 cuando pretendía iniciar un nuevo expediente para la progresión de grado en dicha Orden, expediente que con cierta seguridad llevaría a comprobar la exactitud de los méritos de linaje alegados. A partir de ese aserto es evidente que el computo de los cinco años en los que está fijado el plazo de prescripción, debe retrotraerse a finales de 2013, por lo que, en la interpretación más favorable al condenado, y desde el análisis de infracción de ley que autoriza el motivo analizado, a la fecha de incoación de la causa, incluso a la fecha de la personación del recurrente como investigado, en abril de 2018, tal plazo no habría transcurrido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 10769/2023
  • Fecha: 11/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima parcialmente el recurso del condenado, al apreciarse la vulneración del principio acusatorio en la condena por el delito de abuso sexual del que nunca fue acusado. No solo no se incluyó nominalmente el tipo penal en las pretensiones acusatorias formuladas tanto provisionales como definitivas, sino que tan siquiera se delimitó el hecho punible en su dimensión fáctica ni en unas ni en otras. Los hitos temporales de la acusación se ceñían a hechos sucedidos cuando la víctima tenía entre 3 y 11 o 12 años, lo que no permite abarcar hechos producidos 4 o 5 años después. Se desestima la apreciación de la atenuante analógica de cuasi-prescripción, según el análisis de la doctrina jurisprudencial en la materia, al no concurrir ninguno de los presupuestos que lo harían viable. La denuncia se formuló por la perjudicada 4 años después de haber alcanzado la mayoría de edad y 16 años antes de que el delito continuado de agresión sexual prescribiera de conformidad al plazo y criterio de cómputo previstos. Además, la sentencia de instancia identifica la existencia de barreras emocionales y situacionales derivadas del contexto familiar en que se produjeron los hechos punibles que dificultaban que los revelara a terceros y se decidiera a denunciarlos. También excluye que la víctima se aprovechara del prolongado plazo de subsistencia de la acción penal para, retrasando su ejercicio, buscar un perjuicio añadido al recurrente o forzar algún tipo de negociación con fines resarcitorios.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 7241/2021
  • Fecha: 11/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los delitos de apropiación indebida y estafa son heterogéneos. En el delito de estafa, el ataque patrimonial se lleva a cabo mediante un engaño con el consiguiente desplazamiento en el patrimonio, mientras que en la apropiación indebida el desplazamiento no tiene su origen en aquel engaño motor sino en el abuso de confianza ya depositada en el sujeto activo. Los delitos de apropiación indebida y administración desleal sí son homogéneos. El delito de blanqueo de capitales exige que el dinero o los bienes que se ocultaran fueron obtenidas en virtud de un delito previo, no bastando la simple ilicitud.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: CARMEN LAMELA DIAZ
  • Nº Recurso: 10489/2023
  • Fecha: 11/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La necesidad de comparar íntegramente las dos legislaciones determina tomar en consideración lo dispuesto en el art. 76 CP. Por ello, siendo el máximo de cumplimiento el mismo en ambas legislaciones (20 años), resulta más favorable la ley anterior, al llevar la LO 10/2022 la necesidad de imponer las medidas y penas contempladas en el art. 192 CP.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JAVIER HERNANDEZ GARCIA
  • Nº Recurso: 10185/2023
  • Fecha: 11/01/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para evaluar los efectos favorables derivados de la entrada en vigor de la ley Intermedia -L.O 10/2022- no puede prescindirse del dato relativo a la pena de prisión que, resultante de la acumulación jurídica prevista en el artículo 76 CP de todas las penas impuestas, será objeto de efectiva ejecución. Pese a que pudiera revisarse a la baja algunas de las concretas penas impuestas si con ello no se modifica también a la baja el límite de cumplimiento, no procede la revisión. Y ello porque comportaría consecuencias perjudiciales para el reo al tener que aplicarse en bloque la ley intermedia, incluyendo, por tanto, las penas de inhabilitación especial previstas en el artículo 192 CP.

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