• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 3199/2021
  • Fecha: 11/04/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se estima el recurso del Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado y, a los absueltos del delito de malversación, se les condena en calidad de autores o cómplices, según el grado de aporte al hecho. Autoría de extraños, extraneus, en delitos especiales. Autor de un delito de malversación de caudales públicos, por ser detentador de hecho de los caudales públicos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: JESUS MARTINEZ ABAD
  • Nº Recurso: 3/2019
  • Fecha: 30/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cómputo de la prescripción en los delitos conexos o en el concurso de delitos. Malversación de caudales públicos, supuesto en el que los fondos integren el patrimonio de sociedades participadas por la Administración. Subtipo de especial gravedad por las cantidades malversadas. Falsedad en documento mercantil, confección de facturas respecto de operaciones inexistentes. Homogeneidad entre las distintas modalidades falsarias. Apreciación de la continuidad delictiva, descartando la unidad de acción. Concurso medial entre la falsedad y la malversación, es más favorable la legislación posterior. Cooperadores necesarios, el extraño y posibilidad de rebajar la pena, es facultativa. Los distintos tipos de cohecho son homogéneos. Delito continuado de cohecho activo y pasivo. Delito de blanqueo de capitales, no es precisa la condena previa del delito base del que proviene el capital objeto de blanqueo. Figura del autoblanqueo. Delitos de prevaricación y de tráfico de influencias, por los que absuelve el Tribunal. Determinación de la pena en el concurso medial. Fallecimiento de un acusado después del juicio y antes de dictar sentencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JAIME BARDAJI GARCIA
  • Nº Recurso: 93/2018
  • Fecha: 30/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Causa que se sigue por delito continuado de prevaricación administrativa. Alcalde y concejales de un Ayuntamiento que participan en la adjudicación de contratos y de obras a diferentes personas físicas y empresas, sin que conste que se adoptaran mediante resolución arbitraria y a sabiendas de su injusticia. El interventor puso de manifiesto que en las ofertas se recurría a un número reducido de empresas, lo que a su entender vulneraba los requisitos de concurrencia y transparencia en la contratación pública, y en alguna ocasión puso nota de reparo por haberse fraccionado un contrato cuando se trataba del mismo objeto contractual, eludiendo así los principios de publicidad. El delito de prevaricación administrativa exige la concurrencia de algo más que las meras ilegalidades administrativas. Invocación de existencia de relaciones personales de los responsables públicos con determinadas personas y empresas que no es apreciada; el elemento subjetivo del delito es la conciencia y voluntad de la injusticia con arbitrariedad de lo acordado pues el tipo penal no exige el móvil o propósito del autor. El tipo penal exige para que concurra la arbitrariedad que la resolución no sólo sea jurídicamente incorrecta, sino que además no sea sostenible mediante ningún método aceptable de interpretación de la ley.
  • Tipo Órgano: Audiencia Nacional. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE PEDRO VAZQUEZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 87/2022
  • Fecha: 30/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Solicitud de extradición para enjuiciamiento de hechos calificables de delitos de prevaricación administrativa y de falsificación documental. No se aprecia motivación política en la solicitud de extradición, sino que se trata de delitos de corrupción de personas que ostentan funciones públicas y en el ejercicio de las mismas. El arraigo en España del reclamado no es motivo de denegación de la extradición.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Civil y Penal
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: JESUS MARIA BARRIENTOS PACHO
  • Nº Recurso: 1/2022
  • Fecha: 29/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a una acusada como autora de un delito de prevaricación administrativa y de un delito continuado de falsedad en documento público y en documento mercantil, absuelve a otros dos acusados del delito de prevaricación administrativa y les condena como responsables de los mismos delitos de falsedad documental. Directora de un ente público que, como responsable de la contratación, adjudica un contrato de servicio con otro acusado sin sujetarse al procedimiento administrativo de adjudicación y posteriormente, para autorizar los pagos por los servicios prestados, emite diversas resoluciones de adjudicación en el seno de otros tantos procedimientos de contratación menor a los que son aportados unos presupuestos simulados requeridos para superar los controles de la intervención. Delito de prevaricación administrativa. Resolución ilegal omisiva. Injusticia y arbitrariedad de la resolución. Parte subjetiva del ilícito prevaricador. Consumación unitaria de la prevaricación que impide la continuidad delictiva. Autoría y participación de extraneus en el delito especial. Absolución de los acusados extraneus por falta de acreditación una conciencia de ilícitud del procedimiento de adjudicación. Falsedad en documento público. Presupuestos ficticios y resoluciones administrativas simuladas con el propósito de dar cobertura a los pagos generados con ocasión del contrato prevaricador. Penalidad. Propuesta de indulto parcial por excesivo rigor punitivo ante la ausencia de lucro personal.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ
  • Nº Recurso: 2472/2023
  • Fecha: 28/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Pieza separada de los ERES. Auto de prosecución por delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental, y que incluye la mención de que las recurrentes tienen la condición de responsables civiles subsidiarias y se les emplaza para que se personen en la causa como tal responsable civil subsidiaria. Invocación de la expiración del plazo para la instrucción, pretendiendo que no se tengan en cuenta las diligencias practicadas fuera del mismo. Incidencia de la declaración del Estado de Alarma por el COVID en el plazo de la instrucción. Modificación de la norma relativa al plazo de instrucción. Determinación del responsable civil en el auto de acomodación procedimental e intervención del responsable civil en el proceso penal. No se prevé su intervención hasta que no se les incluya en los escritos de acusación y en el auto de apertura del juicio oral. Sí pueden intervenir con anterioridad si se adoptan medidas cautelares. El concepto de carácter extensivo no sirve para incluir como responsables civiles a otras empresas (en este caso Sindicato) con las que el empleado no tenía vinculación.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ
  • Nº Recurso: 11339/2022
  • Fecha: 28/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Pieza separada de los ERES de Andalucía. Auto de prosecución de la causa respecto de varias personas como posibles responsables de delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Existencia de una Sentencia del TS sobre la causa principal, que ha de ser tenida en cuenta en la instrucción de las distintas piezas separadas. La división del enjuiciamiento puede dar lugar a coincidencias entre la pieza matriz y las piezas separadas, debiendo evitarse el bis in idem. La división tampoco puede perjudicar el derecho de defensa de las personas investigadas y enjuiciadas en las piezas separadas, a quienes se debe garantizar el derecho a cuestionar todos los hechos en que se pretende fundar su condena. Participación del extraño, partícipe como cooperador necesario, en los delitos de malversación y de prevaricación. Estimación del recurso al considerar la AP que no hay elementos suficientes para la imputación de este investigado al no superarse la mera sospecha.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: SUSANA POLO GARCIA
  • Nº Recurso: 1759/2021
  • Fecha: 27/03/2023
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El juicio se celebró de forma contradictoria; su condena no se basa en la genérica aceptación de lo declarado por los coacusados silentes ante su interrogatorio, sino singularmente en prueba testifical y documental que se ha practicado con todas las garantías. Que los otros acusados, legítimamente, en uso de sus facultades y decidiendo libremente, hayan aceptado la acusación y la penalidad, ello no es reprochable, no por ello podemos hablar de indefensión. Cuestión diferente es que la posición de los coacusados debilitase su estrategia defensiva, pero ello no es imputable a los órganos estatales. El principio de igualdad protege frente a divergencias arbitrarias de trato, lo que no tiene lugar en el caso, ya que los "conformados", a cambio de una acusación más leve, renuncian a derechos instrumentales de su defensa. La declaración conjunta de dos testigos no supone una extravagancia. Además, como expertos, su posición se acerca a la de peritos. No se puede excluir la complicidad en el delito de prevaricación. La petición de complemento es presupuesto para la casación por incongruencia omisiva. No hay indefensión por una imputación tardía, ya que se invoca de forma genérica. No procede la cuasiprescripción. No hay dato de retraso interesado en denunciar para presionar. Los delitos de malversación y de fraude pueden concurrir sin solaparse. Los hechos no merecen el tratamiento atenuatorio que dispensa el art. 432 bis del CP, ya que no existió restitución de los fondos públicos.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ
  • Nº Recurso: 1204/2023
  • Fecha: 21/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Pieza separada de los ERES de Andalucía. Auto de Transformación en Procedimiento Abreviado en la que se imputa a varias personas como posibles responsables de delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Inclusión de una sociedad como responsable civil subsidiario. Recurso de la Junta de Andalucía, personada como acusación particular, pretendiendo que se excluya a la citada sociedad (que pertenece al sector público andaluz) como responsable civil subsidiario. Apreciación de que la Junta de Andalucía carece de legitimación por falta de gravamen. No está legitimada para intervenir en todos y cada uno de los procesos en los que pueda verse involucrado un ente político instrumental. Auto de transformación en PA, contenido y alcance. No está previsto que en el mismo se incluya la determinación del responsable civil, que sólo se produce tras la presentación de los escritos de conclusiones de las partes (escritos de acusación), únicos legitimados para ejercer la acción civil derivada del delito. Su inclusión sí es procedente en el Auto de apertura del Juicio oral.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: JOSE LUIS RAMIREZ ORTIZ
  • Nº Recurso: 6515/2021
  • Fecha: 20/03/2023
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Auto de prosecución de la causa por los trámites del Procedimiento Abreviado, por delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental. Pieza de separada de los ERES. Posible ilicitud de las ayudas socio laborales otorgadas por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía a una mercantil para satisfacer el pago de las indemnizaciones por despido de sus trabajadores afectados por un ERE, mediante la financiación de un seguro de rentas vitalicio. Incidencia de la causa principal en la que ya se ha dictado Sentencia. Contenido y alcance del Auto de Transformación en Procedimiento Abreviado. Delito de malversación de caudales públicos, protege la correcta gestión de fondos públicos o del patrimonio público para el correcto desempeño para la función pública. Participación del extraño, y su posible atenuación de la responsabilidad criminal. Delito de falsedad, no es delito de propia mano. Exclusión de un investigado del auto de imputación, por falta de indicios contra él.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.