Información general

La promoción a la categoría de Magistrado/a se encuentra regulada en el artículo 311 de la Ley Orgánica del Poder Judicial donde se señala que de cada cuatro vacantes que se produzcan en la categoría de Magistrado, una se proveerá por medio de pruebas selectivas en los órdenes jurisdiccionales civil y penal, y de especialización en los órdenes contencioso-administrativo, social y mercantil.

Las pruebas selectivas para la promoción de la categoría de juez a la de magistrado en los órdenes jurisdiccionales civil y candidatos, así como sus conocimientos en las distintas ramas del derecho. Podrán consistir en la realización de estudios, superación de cursos, elaboración de dictámenes o resoluciones y su defensa ante el Tribunal, exposición de temas y contestación a las observaciones que el Tribunal formule en otros ejercicios similares.

El órgano convocante es el Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal calificador que evaluará las pruebas por esta categoría tendrá la siguiente composición:

  • el Presidente o la Presidenta del Tribunal Supremo o bien el Magistrado o la Magistrada del Tribunal Supremo o de un Tribunal Superior de Justicia en quien delegue, que presidirá el Tribunal,
  • dos magistrados o magistradas,
  • un o una fiscal.
  • dos catedráticos o catedráticas de universidad de la disciplina del orden civil, excepcionalmente podrán nombrarse profesores o profesoras titulares de universidad.
  • un abogado o una abogada del Estado,
  • un abogado o una abogada con más de diez años de ejercicio profesional,
  • un letrado o letrada de la Administración de Justicia de la categoría primera,
  • un letrado o una letrada del Consejo General del Poder Judicial, que tenga la licenciatura en Derecho, y que actuará como Secretario o Secretaria.

El proceso selectivo consistirá en la superación de ejercicios de carácter teórico y práctico, así como la posterior realización de un curso en la Escuela judicial. Los ejercicios de carácter teórico versarán sobre el conocimiento de las materias de derecho civil, derecho mercantil y derecho procesal civil. Entre las actividades del curso en la Escuela Judicial que deberán seguir los aspirantes que hubieran Superado el ejercicio, se incluirá la asistencia a órganos jurisdiccionales unipersonales y colegiados que tengan atribuido exclusivamente el conocimiento y fallo de asuntos relativos al orden jurisdiccional civil.