El Tribunal Supremo amplía la indemnización a los propietarios de los terrenos desclasificados en Andratx

La pérdida de edificabilidad no es indemnizable, pero sí los gastos en las obras relativas al suministro de agua potable y alcantarillado

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Comunicación Poder Judicial

La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha ampliado la indemnización por daños y perjuicios que deberá pagar la Administración balear a tres sociedades propietarias de 53 parcelas en Monport (Andratx) en un terreno que fue desclasificado como zona destinada a uso de naturaleza urbana y clasificado como suelo rústico protegido (área natural de especial interés) por la Ley autonómica de 14 de mayo de 2008 de medidas urgentes para el desarrollo territorial sostenible de las Baleares.

El 10 de abril de 2013, el Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares dictó sentencia y, estimando parcialmente sus recursos, reconoció el derecho de las tres sociedades a ser indemnizadas por la Comunidad Autónoma en 695.107 euros (Günther Killer Bautrager, SL), 183.519 (Cap des Illamp, SL) y 220.747 (Xtrandratx, SL).

El TSJ consideró que eran indemnizables los gastos consecuencia de la elaboración de los proyectos técnicos de los instrumentos de ordenación y ejecución que devinieron inútiles con la desclasificación, por ejemplo, las tasas, impuestos y honorarios abonados.

Sin embargo, denegó la indemnización por la pérdida de edificabilidad y los costes de dotación de las infraestructuras de agua, alcantarillado y otros. Los propietarios pedían indemnizaciones por 16,6 millones de euros (Günther Killer Brautager), 13,5 millones (Cap des Illamp) y 3,9 millones (Xtrandratx).

En la sentencia notificada ahora, el Tribunal Supremo coincide con el TSJ balear en que la pérdida de edificabilidad no es indemnizable, pero señala que sí deben serlo los gastos en las obras relativas al suministro de agua potable y alcantarillado, en la cuantía que se determine en ejecución de sentencia, lo que se sumará a las cuantías ya reconocidas por el Tribunal Superior de las Islas Baleares.