El juez propone juzgar a 23 personas por una supuesta trama de corrupción en Argelia

En su resolución explica “que la finalidad de la organización constituida, era doble: por un lado, conseguir contratos en países extranjeros (en este caso, en Argelia), mediante el pago de comisiones y dádivas a autoridades y funcionarios argelinos”

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Comunicación Poder Judicial

El juez de la Audiencia Nacional José De la Mata ha propuesto juzgar al exembajador Gustavo D.A., al que fuera diputado del PP Pedro G.D.L.S y a otras 21 personas por constituir supuestamente una organización para conseguir contratos en países extranjeros, en este caso Argelia, mediante el pago de dádivas y comisiones a funcionarios de aquel país.

En el auto de pase a procedimiento abreviado de esta pieza investigada, el magistrado entiende que los hechos son constitutivos de delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales (antes art. 445 CP y ahora art. 286 bis y ss. CP), cohecho (arts. 419 y ss. CP), blanqueo de capitales (art. 301 y ss. CP) y organización criminal o asociación ilícita.

En su resolución, De la Mata explica que de la investigación se desprende “que la finalidad de la organización constituida, era doble: por un lado, conseguir contratos en países extranjeros (en este caso, en Argelia), mediante el pago de comisiones y dádivas a autoridades y funcionarios argelinos”.

Por otro lado, continúa el instructor, en algunos casos, enriquecerse ilícitamente de forma sistemática con cargo a fondos del propio contrato, armando toda una estructura de sociedades ficticias y de facturación falsa, y simulando la prestación de servicios para la ejecución del contrato por parte de estas sociedades pantalla: aparentes negocios jurídicos mercantiles suscritos entre sociedades interpuestas; contratos de prestación de servicios y de consultoría falsos; facturación igualmente falsa justificativa de las operaciones; etc. A ello se añade que las prestaciones objeto de los contratos no fueron realizadas y eran meramente ficticias.

“Todo ello de acuerdo con un plan preconcebido, proyectado en el tiempo con una visión de largo plazo, ordenado de acuerdo con las directrices emanadas de la cúspide de la organización”, dice el juez.

Justo por esta razón, agrega, el alcance subjetivo de la organización se extiende a los directivos de ELECNOR que desarrollaron sus actividades criminales, no en relación con un único contrato, sino con relación a distintos bloques contractuales (SOUK TLETA y OURGLA).

Junto a ello, y por la misma razón, forman parte de la organización los comisionistas e intermediarios que conforman el núcleo más próximo de relaciones entre las empresas contratistas españolas y las empresas públicas argelinas, y sus más próximos colaboradores. Todos ellos participaron en las dos operaciones mercantiles corruptas desarrolladas, tanto en Souk Tleta como Ourgla, lo que les atribuye estabilidad y permanencia en la organización, así como persistencia en los objetivos criminales, que no limitaron a una única operación sino que se prolongó y reiteró en el tiempo.

El juez apunta que el liderazgo de la organización estaba integrado por el exembajador, el exdiputado y otras dos personas. Los restantes se ocupaban de implementar la estrategia acordada por los líderes, supervisar la gestión de las sociedades y distribuir los fondos ilícitos obtenidos.
A partir de ahora, el Juzgado Central de Instrucción 5 da un plazo de 20 días a las partes para solicitar la apertura de juicio oral de esta investigación presentando escrito de acusación e bien solicitando el sobreseimiento de la causa.