El Supremo estima parcialmente revisar la sentencia que condenó a un ciudadano holandés por tres delitos de violación en Málaga

El ciudadano holandés solicitó la revisión de su condena basándose en un informe de la Policía Científica que apuntaba a que el verdadero autor de la agresión sexual y de las lesiones a A.C.A. era un ciudadano británico, condenado en su país por la violación y el homicidio de una joven

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso de revisión interpuesto por un ciudadano holandés contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga que le condenó por tres violaciones, entre otros delitos, a 15 años y 6 meses de prisión.

La sentencia de la Sala Segunda anula la pena de 6 años y 6 meses de cárcel impuesta al condenado por un delito de agresión sexual y otro de lesiones a M.A.C.A. y mantiene el resto de pronunciamientos de la sentencia recurrida en los otros dos casos: un total de 9 años de prisión por agresión sexual, lesiones y robo a otras dos mujeres.

El ciudadano holandés solicitó la revisión de su condena basándose en un informe de la Policía Científica que apuntaba a que el verdadero autor de la agresión sexual y de las lesiones a A.C.A. era un ciudadano británico, condenado en su país por la violación y el homicidio de una joven. Dicho informe revelaba que en los restos celulares de un peine de carey se había obtenido una mezcla de, al menos, dos perfiles genéticos, compatibles para los marcadores analizados, con el perfil de un preso en Reino Unido, y una de las víctimas de las violaciones ocurridas en Fuengirola en 2003.

Los magistrados indican que los resultados de las nuevas pruebas genéticas aportan datos nuevos y posteriores a la sentencia y, en este sentido, afirman que la prueba de ADN tiene un carácter técnico e identificador de superior valor que las pruebas en que la sentencia de la Audiencia Provincial se basó y que era la declaración de una vecina que reconoció en el juicio al acusado sin duda alguna “como al hombre al que vio ese día en las inmediaciones de su domicilio”.

De acuerdo con el Ministerio Fiscal, la Sala indica que se encuentra ante una nueva prueba , el resultado de las pruebas de ADN realizadas sobre los perfiles genéticos hallados, que con una técnica más precisa y avanzada permite una mayor certeza en la identificación que en este caso excluye la participación del acusado en el delito de agresión sexual cometido en la persona de A.C.A. lo que evidencia su inocencia, sin perjuicio de que se incoe causa contra el condenado en Reino Unido.

El Supremo remite testimonio a la Audiencia de Málaga a los efectos legales oportunos. También acuerda que por el Juzgado de Instrucción que corresponda se instruya de nuevo la causa sobre los delitos de violación y lesiones a M.A.C.A.