El TSXG condena a los responsables de un club de alterne cercano a Peinador por no dar de alta en la Seguridad Social a sus trabajadoras

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha condenado al administrador y al encargado de un club de alterne cercano al aeropuerto de Peinador a un año de cárcel y a pagar a la Tesorería General de la Seguridad Social 27.886 euros. Los magistrados han estimado los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y la Seguridad Social contra la sentencia absolutoria emitida por la Audiencia Provincial de Pontevedra y los han condenado como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores.

El alto tribunal gallego entiende que la actividad denominada de alterne “reúne, precisamente, todas las notas que la caracterizan y justificaba, con independencia de otras actividades posteriores, el alta en la Seguridad Social de las 26 ciudadanas extranjeras que ejercían esas actividades y que no estaban dadas de alta en la Seguridad Social”. La Audiencia, por el contrario, consideró que no había quedado acreditada la existencia de una actividad “que se pudiese calificar de relación laboral entre las mujeres y la sociedad que regenta el club”.