El Supremo avala expulsar del país a un ciudadano de Marruecos denunciado por espionaje

El CNI informó que N.Z. favorecía la difusión de ideologías extremistas religiosas y manipulaba las voluntades de los representantes musulmanes en Cataluña

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Comunicación Poder Judicial

El Tribunal Supremo ha avalado la expulsión de España de un marroquí denunciado por el director del CNI como colaborador muy relevante de un servicio de inteligencia extranjero e impulsor de la construcción en Cataluña de un centro de referencia salafista a nivel europeo, que contaba con una red de colaboradores y confidentes en las cuatro provincias catalanas.

El TS ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional, de 11 de marzo de 2015, que desestimó el recurso de N.Z. contra la resolución del secretario de Estado de Seguridad, de 16 de mayo de 2013, que acordó la expulsión del territorio nacional con prohibición de entrada en España por un periodo de diez años. N.Z. tenía permiso de residencia permanente en España desde el 11 de abril de 2002.

La decisión de Interior de expulsarle se basó en que había cometido una infracción muy grave a la Ley de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, consistente en participar en actividades contrarias a la seguridad nacional o que puedan perjudicar las relaciones de España con otros países.

El Supremo, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José María del Riego, rechaza el recurso de N.Z. al considerar que el acto administrativo de expulsión estuvo motivado, “pues da cuenta de forma suficiente de los hechos de cuya consideración parte, y de las reglas jurídicas que autorizan la decisión”, y comparte con la Audiencia que la denuncia del CNI recogió datos suficientes de las actividades del recurrente, y además fue corroborada por el informe de la Policía.

En esos documentos, de 2013, se señalaba que N.Z. ponía en riesgo la seguridad del Estado y era una amenaza a la estabilidad de las instituciones, elaboraba informes periódicos para un servicio extranjero en Barcelona, favorecía la difusión de ideologías extremistas religiosas, y manipulaba las voluntades de los representantes musulmanes en Cataluña, “presentándose como mediador de las comunidades musulmanas en caso de conflicto, transmitiendo a los representantes municipales, a modo de presión, su alta capacidad de movilización de las comunidades musulmanas residentes”. “Con estas acciones pone en riesgo el bienestar de las poblaciones afectadas, en las que para satisfacer sus propios intereses y los del Estado al que sirve, no duda en utilizar sus contactos y capacidad de movilización para generar, en su caso, conflictos sociales vinculando inmigración y religión”.