El Juzgado de Instrucción 4 de Granada archiva provisionalmente la investigación sobre el incendio de la calle San Juan de Letrán

Señala que tras múltiples diligencias judiciales y policiales, no se ha podido determinar la autoría del incendio, aunque no descarta la reapertura si hay nuevas líneas de investigación que fructifiquen

Autor
Comunicación Poder Judicial

El Juzgado de Instrucción número 4 de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional de las diligencias abiertas por el incendio ocurrido en noviembre de 2017 en la Calle San Juan de Letrán de Granada y que provocó el fallecimiento de una mujer y la destrucción total o parcial de unas 25 viviendas.

El auto de sobreseimiento provisional indica que “se han practicado múltiples diligencias judiciales y policiales sin que ninguna de ellas haya llegado a ser determinante para fijar la autoría del incendio provocado y padecido en el edificio sito en la calle San Juan de Letrán número 3 de Granada, y que produjo el fallecimiento de doña A., así como múltiples afectados por el mismo”.

En este sentido, señala que “se ha de concluir, no sin claro pesar por las consecuencias que los hechos han tenido, que en la actualidad y en este momento procesal en la causa no existen indicios suficientes como para atribuir la perpetración del delito imputado a persona concreta alguna determinada. No se ha cejado en ningún momento -ni judicial ni policialmente- en interés, acuerdo de diligencias y medios de prueba y posibilidades de práctica de diligencias que pudieran llegar a determinar la autoría”.

Así, el auto explica que “en este momento procesal en el que nos encontramos ninguna otra diligencia judicial queda pendiente de práctica de las que se consideren necesarias e imprescindibles para determinar dicha autoría”. Pese a ello, subraya que existe un nuevo oficio policial de 13 de febrero por el que se informa al juez instructor de otra línea de investigación policial “y que en el caso de que fructificara en relación a la determinación de la autoría, permitiría la reapertura inmediata del procedimiento judicial”.