Agenda de juicios de la semana del 20 de enero de 2020

Principales vistas orales señaladas en los órganos judiciales de Cantabria.

Autor
Tribunal Superior de Justicia (Cantabria)

Lunes, 20 de enero

 

09,30 horas

Juzgado de lo Penal nº 4 de Santander (Calle Alta)

Procedimiento Abreviado 58/2018

Prevaricación administrativa

 

Dos acusados de un delito de prevaricación administrativa.

 

El primero, en su condición de director general de la Sociedad Regional Cántabra de Turismo (CANTUR), es acusado por el ministerio fiscal por celebrar varios contratos entre 2010 y 2011 con una empresa de la que era administrador y socio el otro acusado.

 

Este segundo acusado ostentaba en esa época la condición de gerente del ente público Consorcio para los Museos de Prehistoria, Arqueología y Bellas Artes.

 

Según el escrito de la fiscalía, “los contratos celebrados suponían un fraccionamiento consciente y deliberado en la contratación” y su finalidad “no era otra que la de eludir los principios de libre concurrencia y publicidad que deben imperar en la contratación administrativa”.

 

En este sentido, explica el escrito del ministerio público que este extremo era “plenamente conocido y asumido por ambos acusados pues, ambos por sus cargos, sabían que por debajo de un determinado importe del servicio contratado se podía acudir a la adjudicación directa”.

 

En concreto, la fiscalía se refiere, en el marco del Anteproyecto Cañones de Nieve de Alto Campoo, a varios contratos que individualmente no superaban los 60.000 euros y respondían a un mismo objeto de contratación.

 

Estos hechos constituyen, a su juicio, un delito continuado de prevaricación administrativa cometido por el director general de CANTUR en concepto de autor y por el segundo acusado como cooperador necesario.

 

Entiende el ministerio público que procede imponer una condena a cada uno de ellos de diez años de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

 

También acusa en este pleito la propia entidad CANTUR, que coincide con la fiscalía tanto en la calificación jurídica como en la pena solicitada.

 

 

09,30 horas

Sección Primera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Abreviado 9/2019

Apropiación indebida y administración desleal

 

Continúa el juicio a tres acusados de actuar con el propósito de lograr un enriquecimiento ilícito y obrar en perjuicio de la entidad Real Racing Club y de sus socios.

 

La acusación se dirige contra quien fue nombrado presidente del club en 2006. Además, están acusados los dos socios de una empresa que supuestamente se encargaría de todas las gestiones para establecer una escuela de fútbol en Brasil.

 

Según se desprende del escrito de la fiscalía, el primero, puesto de común acuerdo con los otros dos acusados, puso en marcha un proyecto denominado Escuela de Fútbol Racing Primavera en el país citado con la finalidad de formar jugadores de cara a su incorporación al propio Racing o de proceder a traspasos a terceros equipos.

 

Sin embargo, el ministerio público aprecia que el proyecto “adolecía de cualquier tipo de desarrollo previo por escrito, presupuesto de ejecución o plan de viabilidad, inversión y seguimiento, consistiendo básicamente en una serie de transferencias” a dos cuentas denominadas Gestión Escuela Brasil y Escola Futebol por un importe global de 956.065 euros.

 

A excepción de la constitución de una sociedad para la gestión de la escuela, la cesión de derechos federativos de los jugadores del club brasileño Esporte Clube Primavera a aquella sociedad, y la realización de una auditoría a dicho club, “no consta el destino dado” a las cantidades invertidas.

 

Por el contrario, esas cantidades fueron “desviadas por iniciativa del presidente del Racing a terceros ajenos a la escuela”, como los 42.970 euros que el presidente pagó con tarjeta de crédito a una mercantil sin vinculación alguna con la misma.

 

De igual modo, continúa el escrito, los otros dos acusados giraron al Racing facturas por un importe de 316.993 euros “sin que exista la más mínima justificación del destino de dichas cantidades, las cuales pasaron a integrar el patrimonio de estos acusados”.

 

Además de estos hechos, se enjuicia al que fuera presidente del Racing por suscribir con una sociedad un contrato verbal que carecía de “soporte documental ni contenido material de las prestaciones a realizar por la sociedad prestataria de los supuestos servicios, a la que se abonó la cantidad de 124.900 euros”.

 

Terminada la vinculación del contrato, el presidente procedió a entregar al titular de la sociedad 100.000 euros, cuando la indemnización máxima para el despido improcedente teniendo en cuenta la duración de la supuesta relación laboral ascendería a 15.612 euros.

 

Junto a ello, el ministerio fiscal constata que el que fuera presidente del Racing suscribió un préstamo a cargo de la entidad para adquirir un vehículo de alta gama por 71.186 euros, cuando era consciente de que el Racing tenía suscrito un convenio con otra mercantil según el cual a cambio de publicidad esta cedía al club el uso de una flota de seis coches y dos furgonetas.

 

Por todo ello, la fiscalía considera al representante del Racing autor de un delito de apropiación indebida en concepto de cooperador necesario así como de un delito continuado de administración desleal, por lo que pide para él una condena de seis años de cárcel (tres por la apropiación indebida y otros tres por la administración desleal) y multa de 3.240 euros.

 

Para cada uno de los otros dos acusados, el ministerio público pide una pena de tres años de cárcel y multa de 3.240 euros, al considerarles autores del delito de apropiación indebida.

 

En concepto de responsabilidad civil, entiende la fiscalía que los tres deben responder de manera solidaria con el pago de una indemnización para el Real Racing Club que asciende a 316.993 euros.

 

Además, en el caso del que fuera presidente, deberá indemnizar, según el escrito del ministerio fiscal, con otros 94.387 euros a la entidad deportiva.

 

Nota:

El juicio está señalado hasta el jueves 23 de enero con el siguiente cronograma:

 

  • Prueba pericial: 20 y 21 de enero.
  • Conclusiones definitivas: 22 de enero.
  • Reserva a resultas del desarrollo del juicio: 23 de enero.

 

 

10,00 horas

Sección Tercera de la Audiencia Provincial

Procedimiento Abreviado 9/18

Cohecho, falsedad documental y prevaricación, prevaricación urbanística

 

Continúa el juicio sobre el desarrollo urbanístico en la zona de Castro Urdiales conocida como La Loma, con la práctica de la prueba testifical.

 

El ministerio fiscal acusa a seis personas por la aprobación de instrumentos urbanísticos irregulares en la zona denominada SUNP (suelo urbanizable no programado) 12.

 

Además, en el caso de algunos de los acusados que ostentaban cargo público, el ministerio público señala que recibieron contraprestaciones económicas por “promover y silenciar las irregularidades administrativas en la tramitación” de los instrumentos urbanísticos señalados.

 

Por todo ello, advierte la comisión de delitos de cohecho, prevaricación y prevaricación urbanística, así como falsedad documental en concurso con prevaricación.

 

Las penas solicitadas para uno de los acusados por su condición de alcalde, al que le atribuye un delito continuado de prevaricación y prevaricación urbanística, ascienden a diez años de inhabilitación y dos de prisión.

 

Lo reclamado para otro de los acusados que también fue alcalde en una época anterior, al que atribuye un delito continuado de cohecho, suma cuatro años de prisión, inhabilitación para cargo público durante diez años y multa de 149.000 euros.

 

Asimismo, al que fuera secretario municipal de Castro Urdiales le atribuye un delito de falsedad documental en concurso con prevaricación, otro delito de prevaricación y un delito continuado de cohecho, sumando las penas pedidas siete años de prisión, veinte de inhabilitación y multa de 1,1 millones de euros.

 

Por su parte, el fiscal solicita para la asesora jurídica del servicio de disciplina urbanística del Ayuntamiento una pena de cuatro años de cárcel, 442.300 euros de multa e inhabilitación de diez años por un delito continuado de cohecho.

 

Asimismo, al acusado que ejerció funciones de arquitecto municipal, el ministerio público le considera autor de un delito continuado de cohecho y la pena solicitada es de cuatro años de cárcel, multa de 1,8 millones de euros e inhabilitación para cargo o empleo público de diez años.

 

Finalmente, la fiscalía también acusa a un promotor inmobiliario, al que atribuye delito de falsedad documental y otro de cohecho, por los que pide cinco años de cárcel, y multa de 39.000 euros.

 

Junto al ministerio fiscal, también ejerce acusación la Junta Vecinal de Santullán, que solicita condenas para once personas: el que fuera alcalde y los miembros de la junta de gobierno local entre los años 2004 y 2006 –cuando se fueron aprobando los instrumentos urbanísticos objeto del procedimiento-; el secretario municipal, la ingeniera del ayuntamiento, el arquitecto contratado por el consistorio y un promotor inmobiliario.

 

Entiende que los delitos cometidos son los de prevaricación en concurso con falsedad documental, prevaricación urbanística y cohecho.

 

Nota:

Esta semana, las sesiones del juicio serán cuatro: 20, 21, 22 y 23.

 

El resto del cronograma queda como sigue:

 

  • Prueba testifical: 29 y 30 de enero, 3 y 4 de febrero.

 

  • Prueba pericial: 5, 6, 10, 11, 12, 13, 17, 18 y 19 de febrero.

 

  • Conclusiones, informes de las acusaciones: 20 de febrero.

 

  • Informes de las defensas: 24, 25 y 26 de febrero.

 

  • Derecho a la última palabra: 27 de febrero.