La Audiencia de Cádiz absuelve al exdirector del colegio de los Salesianos de los delitos de abusos sexuales

La sentencia señala que se le absuelve por las faltas de vejaciones leves de las que es autor material y directo, alguna con carácter continuado, al quedar despenalizadas tras la entrada en vigor de la LO 1/2015 de 30 de marzo

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Comunicación Poder Judicial

La Audiencia de Cádiz (Sección Tercera) ha absuelto a F.J.L.L, exdirector del colegio de los Salesianos de Cádiz, de los delitos continuados de abusos sexuales, dos sobre menores de trece años y nueve sobre mayores de trece años, así como de los once delitos contra la integridad moral que, con carácter alternativo a los anteriores, se le imputaban.

Los magistrados consideran que, en algunos de los hechos examinados hay vejaciones, pero no se aprecia un ánimo libidinoso de abuso sexual, ni acciones objetivamente con una entidad de abuso sexual, en las que, frente a las imputaciones concretas que se presentan, hay un margen de duda de que inequívocamente haya una connotación sexual.

La sentencia señala que se le absuelve por las faltas de vejaciones leves de las que es autor material y directo, alguna con carácter continuado, al quedar despenalizadas tras la entrada en vigor de la LO 1/2015 de 30 de marzo.

Igualmente se le absuelve de las quince faltas continuadas de lesiones o de malos tratos de obra que se le imputan por no estar objetivamente acreditadas, si bien, por aplicación de la Disposición Transitoria 4º de la L.O.1/2015 de 30 de marzo, se le condena, como responsable civil directo, a indemnizar en concepto de daños morales a la cantidad de 500 euros a doce menores.

La sentencia cuenta con el voto particular de una magistrada.