Comunicado de la Comisión de Selección integrada por el Ministerio de Justicia, la Fiscalía General del Estado y el CGPJ

Autor
Comunicación Poder Judicial

Ante diversas informaciones publicadas en relación con la decisión de la Comisión de Selección, prevista en el artículo 305 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial, por la que se acuerda la inclusión de la aspirante Sofía Marchena Perea en la lista de aprobados de la fase de oposición de las pruebas selectivas convocadas mediante acuerdo de la misma Comisión de 10 de julio de 2017, la Comisión de Selección quiere manifestar: 

1.- La decisión mencionada se trata de un acuerdo de la Comisión de Selección, en la que se integran el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y el Ministerio de Justicia, en cumplimiento de un Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 21 de diciembre de 2017. 

2.- El día 30 de noviembre de 2017, y previa deliberación del Claustro de profesores de la Escuela Judicial, se aprobó la lista de los alumnos que habían superado el curso teórico multidisciplinar que constituye la primera fase del proceso de formación inicial previsto en el artículo 307.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Con relación a la alumna Sofía Marchena Perea se acordó tener por no realizado el curso de formación multidisciplinar teniendo en cuenta la situación de baja médica de la referida alumna desde principios del mes de marzo de dicho año. 

3.- En su propuesta dirigida a la Comisión Permanente del CGPJ, la directora de la Escuela Judicial advierte que la situación de la alumna es “inédita en la historia de la Escuela Judicial”, no hay una “solución explícita” en la LOPJ y no está regulada en el Reglamento de la Escuela Judicial. 

4.- El día 21 de diciembre de 2017, la Comisión Permanente del CGPJ, a propuesta de la directora de la Escuela Judicial, resolvió y declaró, por unanimidad, lo siguiente: 

1.- Resolver y declarar que la alumna Sofía Marchena Perea no ha realizado el curso teórico multidisciplinar previsto en el art. 307 Ley Orgánica del Poder Judicial por haber estado en situación de baja médica –proceso de incapacidad temporal- por enfermedad cuya duración ha impedido completar dicho curso, lo que conlleva la suspensión de la condición de funcionario en prácticas hasta el momento en aquella situación de baja médica se extinga. 

2.- Resolver y declarar que la alumna Sofía Marchena Perea se incorporará a la relación de aspirantes que superen el proceso selectivo de oposición a las carreras judicial y fiscal inmediato que se concluya a partir del dictado de la presente resolución, conservando la puntuación obtenida en el proceso selectivo en el que participó en su momento y todos sus derechos en la forma expuesta en el apartado (b) de la propuesta que sustenta este acuerdo. 

3.- Comunicar la resolución al Instituto Nacional de la Seguridad Social, y, en su caso, a la Mutualidad Judicial a los efectos oportunos. 

5.- A la vista del acuerdo de la Comisión Permanente del CGPJ, y en ejecución del mismo, la Comisión de Selección, reunida los días 17 y 23 de julio de 2018, señala que “se trata de una excepcional circunstancia que no encuentra acomodo en el artículo 309.1 de la LOPJ, así como tampoco en el reglamento de la Escuela Judicial, pudiendo ser, en su caso, de aplicación por analogía, la normativa reguladora del Centro de Estudios Jurídicos”. 

La Comisión de Selección entiende que la solución hallada por la Comisión Permanente del CGPJ “si bien permite preservar los derechos de la interesada como aspirante, impone, por otro lado, un gravamen excesivo e injustificado a los aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas…y que en el orden de sus respectivas puntuaciones han efectuado su opción por una de las dos carreras (judicial o fiscal) conforme a la distribución de plazas contenidas en las bases de la convocatoria”. 

6.- La Comisión de Selección acuerda declarar, por unanimidad, en atención a las circunstancias excepcionales presentes, que “Sofía Marchena Perea se incorpore en la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas correspondientes al año 2017”. 

Asimismo, la Comisión de Selección acuerda declarar, con el objetivo de preservar los intereses de todos los aspirantes, que “se incorpore en el último lugar de la mencionada lista, con una puntuación inmediatamente inferior a la del último de la lista y respetando la opción que ha manifestado por el ingreso en la Carrera Fiscal”. 

Finalmente, la Comisión de Selección acuerda declarar que “atendidas las circunstancias excepcionales anteriormente descritas, la Comisión de Selección resuelve ofrecer 98 plazas, de las cuales, 36 plazas serán para la Carrera Fiscal y 62 plazas para la Carrera Judicial”. 

7.- Por último debe de señalarse que este hecho no ha supuesto la supresión ni el incremento de ninguna plaza, ya que de las 100 plazas convocadas, se cubrieron inicialmente 97, quedando tres plazas sin cubrir, una de las cuales se ha asignado por la Comisión de Selección a doña Sofía Marchena Perea. 

8.- Se ha respetado la opción manifestada por todos los aspirantes aprobados en la convocatoria del año 2017 en cuanto al centro de formación elegido.