La instructora de la causa del narcosubmarino se pronuncia sobre la prisión provisional de tres investigados

En la operación se interceptó a un narcosubmarino con más de 3.000 kilos de cocaína en la ría de Aldán

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Comunicación Poder Judicial

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Cangas ha acordado mantener en prisión provisional a dos de los detenidos dentro de la operación en la que se interceptó a un narcosubmarino con más de 3.000 kilos de cocaína en la ría de Aldán. Uno de los investigados es un presunto tripulante y, el otro, es sospechoso de haber tenido una “activa participación en la operación de narcotráfico”.

La jueza ha decretado la puesta en libertad provisional, bajo fianza de 50.000 euros, de un tercer sospechoso. En este caso, está investigado por colaborar personal y materialmente “para que la singladura concluyera exitosamente”. La instructora le ha impuesto la obligación de comparecer ante el juzgado con periodicidad semanal y la retirada del pasaporte con prohibición de salida del territorio nacional. La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Cangas indica que, si bien el tiempo transcurrido desde que se acordó su prisión provisional “no es significativo en relación con la gravedad de las penas que lleva aparejado el ilícito penal que se le imputa”, durante ese tiempo “se han practicado una serie de diligencias que han permitido avanzar en la instrucción de forma significativa, minorando el riesgo de fuga y de obstrucción a la acción de la justicia”.

Respecto al presunto tripulante del narcosubmarino al que le ha denegado la puesta en libertad, la jueza relata en el auto que el sospechoso se dio a la fuga tras ser interceptado en la madrugada del día 24 de noviembre, junto con otras dos personas, y permaneció oculto hasta su detención en una casa del lugar de Hío. La magistrada subraya que concurre “no solo un riesgo cierto de fuga, derivado de la mera amenaza de imposición de una pena tan grave como la prevista en el Código Penal para los delitos por los que es investigado, sino que concurre un riesgo cierto de reiteración delictiva, fundamentado en el carácter organizado de su actividad criminal”.

En el auto insiste en que el tiempo transcurrido en prisión provisional es “insignificante” si se tienen en consideración “las penas asociadas al delito, las evidencias acumuladas que lo incriminan y la necesidad de prevenir su fuga”.

En cuanto al otro sospechoso que permanecerá en prisión provisional, la jueza subraya que, a la vista de los indicios existentes “no cabe hablar, tal y como se dice en el recurso, de un mero encubrimiento por parte del investigado y, menos aún, de un desistimiento, sino, por el contrario, de una participación directa en la organización de narcotráfico internacional investigada”. La instructora, al igual que en el caso anterior, considera que existe riesgo de fuga, que deriva “de la importancia de las penas con las que podría resultar castigado el recurrente”.

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Cangas recalca en todos los autos que ninguna circunstancia sanitaria “impone una alteración del régimen de los centros penitenciarios”. La instructora indica que solo en casos “de una gravedad muy inferior a la del presente, en relación con el cumplimiento de medidas personales mucho más livianas, se ha podido indicar la toma de otro tipo de decisiones, siguiendo las indicaciones de la OMS”.

La magistrada destaca, además, que las decisiones sobre la situación personal de cada investigado obedecen “a sus circunstancias particulares”, por lo que advierte que “no ha de extrañar que las decisiones a adoptar respecto de los investigados que estén más cerca del núcleo de la actividad investigada, como quienes guiaban el semisumergible incautado o coordinaban su singladura en comunicación directa con estos, no sean las mismas que respecto de otros investigados”.