El TSJN rechaza suspender de forma urgente el acuerdo del Parlamento de Navarra sobre el izado de la bandera republicana el 14 de abril

La Sala de lo Contencioso-administrativo resolverá la próxima semana la solicitud de la Abogacía del Estado de anular esa decisión

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Comunicación Poder Judicial

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha rechazado la medida cautelarísima solicitada por la Abogacía del Estado de suspender el acuerdo de la Mesa y Junta de Portavoces del Parlamento de Navarra consistente en colocar la bandera republicana en el balcón de la fachada de la Cámara foral el próximo 14 de abril.

El TSJN entiende procedente la denegación de la medida cautelarísima -un procedimiento urgente en el que no se recaban los argumentos de la entidad demandada- “por la inexistencia de especial urgencia en el caso”, ya que la fecha prevista para la colocación es el 14 de abril y, por tanto, “su ejecución no va a ser inmediata”.

En este sentido, la Sala de lo Contencioso del TSJN confiere al Parlamento de Navarra un día de plazo para que presente alegaciones al respecto con el fin de que, “en breves fechas” -antes del día 14-, pueda dictar un auto que resuelva definitivamente sobre la medida cautelar solicitada por la Abogacía del Estado.