La titular del Juzgado de Instrucción nº6 de Sevilla ratifica la división en piezas de la macrocausa de los ERE

Desestima los recursos de los exdirectores generales de Trabajo de la Junta y señala prioritario resolver sobre la legalidad o no del procedimiento utilizado en la Junta para la concesión de las ayudas

Autor
Comunicación Poder Judicial

La titular del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla ha desestimado los recursos de los exdirectores generales de Trabajo de la Junta de Andalucía, Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez, y ha vuelto a señalar que para la investigación y el enjuiciamiento de las personas penalmente responsables en el caso de los ERE es esencial que se resuelva previamente sobre la legalidad o ilegalidad del procedimiento utilizado por la Junta para conceder ayudas, así como el pronunciamiento sobre las investigadas "sobrecomisiones", dado que si no se observa ese orden podrían ocasionarse sentencias judiciales contradictorias tras juzgar cada una de las piezas.

La jueza expone este criterio en un auto en el que desestima el recurso del director general de Trabajo de la Junta de Andalucía, Francisco Guerrero, quien se muestra en contra de lo acordado por la juez de dividir en piezas la macrocausa de los ERE. Como explica la jueza, es posible el enjuiciamiento por separado de las ayudas concedidas sin que pueda apreciarse división de la continencia. "Cada ayuda puede ser instruida y enjuiciada de forma separada sin causar indefensión y permitiendo un estudio más detallado y pormenorizado de cada una de las ayudas, de los elementos objetivos y subjetivos en los sujetos activos, tanto concedentes como perceptores".

Sin embargo, indica que "es una cuestión esencial, para determinar el diseño del resto de las piezas y para su enjuiciamiento, que se resuelva previamente sobre la legalidad o ilegalidad del procedimiento utilizado, sobre si las comisiones pactadas eran elevadas o, en su caso, ajustadas a normas del mercado y, si eran sobre comisiones pactadas, si ello pudo suponer un menoscabo del erario público al ser la cuantificación de la prima el instrumento mediante el cual la mayoría de los agentes que intervienen en el proceso se garantiza una participación ilícita en el reparto de los fondos de la Junta de Andalucía".

Como describe la jueza, la envergadura y complejidad de la causa hace imposible un diseño apriorístico de todas y cada una de las piezas, teniendo además en cuenta que algunas de las ayudas directas a empresas o ayudas sociolaborales están aún en fase de investigación policial y ni tan siquiera se hallan en fase judicial más de 150 ayudas. Por ello, "para determinar el diseño del resto de las piezas es una cuestión esencial que se resuelva previamente sobre la legalidad o ilegalidad del procedimiento utilizado".

Para evitar más dilaciones y perjuicios a los investigados, lo que hay que hacer -se puntualiza en el auto- "es poner todos los medios personales y materiales necesarios para que pueda haber un enjuiciamiento rápido".

Por otro lado, la jueza de Instrucción desestima asimismo el recurso presentado por el también exdirector general de Trabajo de la Junta de Andalucía, Juan Márquez Contreras -también contrario a la división de la causa de los ERE en piezas- ya que más que tratarse de un delito continuado que debe ser enjuiciado en un único proceso, la jueza explica que "la diversidad de conductas investigadas y el volumen de las mismas abarcando un número aproximado de 200 ayudas, hace difícil realizar una conclusión sobre la existencia del delito continuado sin un previo análisis pormenorizado de todas y cada una de las ayudas, sobre todo en fase de instrucción".