El CGPJ admite a trámite la petición de amparo formulada por el titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma

El magistrado ha denunciado el “continuo hostigamiento” al que es sometido por parte de varios letrados personados en un procedimiento judicial

Autor
Comunicación Poder Judicial

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha acordado hoy admitir a trámite la petición de amparo formulada por el magistrado Manuel Penalva Oliver, titular del Juzgado de Instrucción número 12 de Palma, ante el “continuo hostigamiento” al que, según denuncia en su escrito, está siendo sometido por varios de los letrados personados en el denominado ‘caso Policía local’ o ‘caso Cursach’.

El magistrado refiere constantes seguimientos, pintadas amenazantes o insultantes en las inmediaciones o en la puerta de su domicilio e incluso el incendio de un vehículo en el garaje del edificio de viviendas en el que reside; además de maniobras que buscan su descrédito, anuncios más o menos velados de denuncias, demandas y querellas y la convocatoria de una manifestación pública para el mismo día –el pasado 27 de noviembre- en el que estaban citados para declarar en el Juzgado varios de los investigados en el procedimiento.

La Ley Orgánica del Poder Judicial establece, en su artículo 14, que “los jueces y magistrados que se consideren inquietados o perturbados en su independencia lo pondrán en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial”. Este órgano ha venido considerando que, para acceder al amparo, los ataques denunciados deben alcanzar una entidad que, por su repercusión, su intensidad, su momento procesal o su contenido personal, ponga en serio riesgo la capacidad de cualquier juez para decidir sin presiones determinantes.

En el presente caso, la Comisión Permanente considera que, del relato de hechos expuesto por el magistrado, se desprende la existencia de datos y circunstancias que pueden suponer actuaciones inquietantes o perturbadoras de la independencia judicial y que encajan con algunas de los relacionados en el artículo 319 del Reglamento de la Carrera Judicial.

Por ello, la Permanente acuerda admitir a trámite la petición de amparo formulada y, tal y como prevé el artículo 322 del citado Reglamento, dar traslado a los letrados referidos por el magistrado para que efectúen cuantas alegaciones estimen convenientes.

También se da traslado al Colegio de Abogados de Baleares a los efectos oportunos y a la Delegación del Gobierno en Baleares para que informe de quién comunicó la manifestación del pasado 27 de noviembre y para que, a la vista de lo relatado por el magistrado, adopte, en su caso, medidas de seguridad si lo considera oportuno.