El TSJ de la Comunidad Valenciana deniega la suspensión cautelar de la norma que obliga a los niños a llevar mascarilla en los colegios

Los magistrados admiten que, aunque el uso continuado de la mascarilla puede tener “determinados inconvenientes” para los niños, es una de las medidas preventivas para reducir el riesgo de contagio

Autor
Comunicación Poder Judicial

Un auto de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha denegado la suspensión cautelar de la norma que obliga a los niños a llevar mascarillas en los centros escolares para prevenir contagios por COVID-19.

Esta medida cautelar había sido solicitada por un partido político. Los magistrados, sin prejuzgar el fondo del asunto, admiten que el uso continuado de la mascarilla puede tener “determinados inconvenientes” para los niños, pero señalan también que en el “estado actual del conocimiento científico” tanto el uso de la mascarilla como la distancia social, el lavado frecuente de manos y la ventilación de lugares cerrados “se presentan como una de las medidas preventivas que actualmente se conocen para reducir el riesgo de contagio" por este virus.