Caso Spanair: El Juzgado Mercantil 10 de Barcelona aprueba el ERE de Spanair

Autor
Comunicación Poder Judicial

El 27 de febrero de 2012, el juzgado mercantil 10 de Barcelona dictó Auto aprobatorio del Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Spanair, S.A., un mes antes de la fecha prevista en el calendario marcado por el propio juzgado, tras el acuerdo al que han llegado los trabajadores de dicha compañía y la administración concursal y el informe emitido por la autoridad laboral.El Auto supone la extinción de los 2.597 contratos de trabajo de la concursada con efectos 27 de febrero de 2012.  A partir de este momento, los trabajadores pueden acceder a la situación de desempleo y, dado que la compañía no puede afrontar el pago de las indemnizaciones, reclamar del FOGASA la parte de indemnización que dicho organismo abone.
El acuerdo, al que se ha llegado tras diversas reuniones y negociaciones mantenidas entre la administración concursal y la representación de los trabajadores, establece un pago de indemnización de 20 días de salario por año de servicio con un tope de 12 mensualidades.
También fija el modo de cálculo de los salarios y de las indemnizaciones y, adicionalmente, establece un plazo de 20 días desde la fecha del Auto para que puedan solucionarse errores en dichos cálculos para cada trabajador por parte de la administración concursal. 
En cuanto a las nóminas de los meses de enero y febrero, la administración concursal se ha comprometido a abonar un importe igual al doble del salario mínimo interprofesional para la nómina de enero, y el importe completo de la nómina de febrero, o un importe lineal similar al ya abonado en enero, siempre y cuando la compañía disponga de efectivo suficiente y la tesorería lo permita.
Se adjunta la nota informativa y el auto dictado por el titular del Juzgado Mercantil 10 de Barcelona, Juan Manuel de Castro Aragonés.