domingo, 19 de agosto de 2012
Author:
El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente un recurso de casacióninterpuesto por dos acusados que habían sido condenados por la Audiencia Provincial de Segovia por delito de detención ilegal de un ciudadano que había declarado en favor de su actual pareja en una denuncia por amenazas contra un amigo del policía.
El Alto Tribunal condena a un inspector de policía a tres años y un día de prisión y seis años y un día de inhabilitación absoluta por la detención ilegal.
Al mismo tiempo, condena a su amigo, el otro acusado, a la pena de un año y medio y un día de prisión. Para este último, que participó en un delito especial como es la detención ilegal, el Tribunal Supremo aplica el apartado segundo del artículo 163 del Código Penal y el artículo 65.3 del mismo texto legal.
El artículo 65.3 del Código Penal establece: “Cuando en el inductor o en el cooperador necesario no concurran las condiciones, cualidades o relaciones personas que fundamentan la culpabilidad del autor, los jueces o tribunales podrán imponer la pena inferior en grado a la señalada por la ley para la infracción que se trate”.
El inspector de policía montó una operación policial antidroga para detener a la actual pareja de la ex mujer de su amigo con el fin de atemorizarlo. Hizo creer a sus subordinados que iban a detener a un narcotraficante, e introdujo en el registro del coche unas bolas de apariencia sospechosa con el fin de llevarlo detenido a la Comisaría de Policía.
El detenido ilegalmente había declarado previamente contra el amigo del policía, que había sido denunciado por amenazas por su ex pareja y tenía una orden de alejamiento.
Se adjunta enlace a la sentencia del Tribunal Supremo Roj STS 5376/2012, de 17 de julio de 2012. Ha sido el ponente el magistrado Carlos Granados.
NOTA: Esta noticia ha sido elaborada por Comunicación de Poder Judicial a los efectos meramente informativos y no tiene vinculación legal con la sentencia.
Copyright © General Council of the Judiciary