Sebastián Sastre Papiol, nuevo magistrado del Tribunal Supremo por el turno de juristas de reconocida competencia

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial aprobó el nombramiento del abogado Sebastián Sastre Papiol como Magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, en la vacante producida en el turno de juristas de reconocida competencia. Además, acordó hacer un seguimiento del impacto de la nueva regulación de tasas en el ejercicio de sus funciones de gobierno y de garantía del buen funcionamiento de los Juzgados y Tribunales.

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión ordinaria del 29 de noviembre, acordó por mayoría de 13 votos el nombramiento del abogado Sebastián Sastre Papiol como nuevo Magistrado de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.

Sastre Papiol accede al cargo de Magistrado por la vacante producida dentro del turno de abogados y juristas de reconocida competencia, tras nombramiento de Encarnación Roca Trías como Magistrada del Tribunal Constitucional.

El presidente de CGPJ, Gonzalo Moliner, dio cuenta al Pleno de un escrito recibido del presidente del Consejo General de la Abogacía española, Carlos Carnicer. En el escrito, se exponen determinadas posiciones relativas a la recientemente aprobada Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

El Pleno acordó expresar que el Consejo General del Poder Judicial ya ejerció respecto del anteproyecto de esta ley la función que, como órgano constitucional, le atribuye la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial, y emitió el preceptivo informe, en el que fijó su posición. El Pleno se remitió íntegramente a dicho informe, que es público y se encuentra disponible en el portal web del Consejo.

El CGPJ mostró en dicho informe su preocupación por la extensión subjetiva de la obligación de pago de tasas, la inclusión de determinados procedimientos o la cuantía de alguna de las tasas.

El Pleno acordó, además, ejercer sus funciones de gobierno llevando a cabo a través de sus servicios de estadística, planificación y análisis de la actividad judicial e inspección, un seguimiento del impacto de la citada ley en la actividad de los órganos judiciales para determinar en qué medida incide en cada tipo de procedimiento, y poder así analizar los efectos en su implantación.