Expertos exponen en la Escuela de Verano del Poder Judicial las limitaciones de la prueba de ADN

Los especialistas han advertido que no es infalible y han examinado casos como el de la joven condenada por matar a su compañera de piso en Italia en 2007 y absuelta años después. El magistrado del Tribunal Supremo Antonio del Moral ha abogado por “cohesionar” la legislación española sobre el ADN como medio de investigación y prueba en un proceso penal

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Comunicación Poder Judicial
El catedrático de Medicina Legal del Instituto de Ciencias Forenses de la Universidade de Santiago de Compostela, Ángel Carracedo
El catedrático de Medicina Legal del Instituto de Ciencias Forenses de la Universidade de Santiago de Compostela, Ángel Carracedo

La fiabilidad de la prueba de ADN en los procedimientos judiciales ha sido analizada hoy por expertos en ciencias forenses en el segundo curso de la Escuela de Verano del Poder Judicial, que se celebra en el pazo de Mariñán, en la provincia de A Coruña. El director del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, Antonio Alonso, ha destacado que la identificación mediante ADN “no tiene por qué ser un signo de culpabilidad”. El especialista ha expuesto en una mesa redonda las limitaciones que tiene la prueba a la hora de aplicarla en el ámbito penal. Así, ha señalado que si bien indica “con una alta probabilidad” su procedencia individual, “en general, no dice nada de cómo o cuándo llegó a la escena del crimen”.

Alonso ha incidido en que debe considerarse la posibilidad de detectar en la escena investigada perfiles de ADN de personas que no han tenido nada que ver con el delito, sobre todo cuando se trata de perfiles “obtenidos de indicios biológicos que puedan transferirse fácilmente (por contacto, aerosoles…) o cuya naturaleza celular no haya podido establecerse en el análisis forense”. Para ilustrar esta problemática ha presentado el caso de Amanda Knox, la joven estadounidense absuelta años después de ser condenada por la muerte de su compañera de piso en Italia en 2007.

En la mesa redonda organizada en la jornada de hoy los ponentes también han debatido sobre la legislación que afecta a la prueba de ADN. El director del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses ha asegurado que la “limitación fundamental” es “la falta de regulación legal de las bases de datos accesibles en la red de millones de individuos que han aportado su ADN sin un consentimiento explícito para su uso en investigación penal”. El interviniente ha destacado que la utilización de los listados públicos de perfiles de ADN en la investigación criminal ha resuelto casos antiguos sin esclarecer como el de Golden State Killer, en el que el FBI usó este servicio para encontrar al violador múltiple de California de los años 70.

El magistrado de la Sala Penal del Tribunal Supremo Antonio del Moral García ha descrito la legislación española actual sobre el ADN como medio de investigación y prueba en un proceso penal como “un cuadro plagado de incoherencias al que sería necesario dar cohesión, pues el ADN es una eficaz herramienta en el esclarecimiento de delitos”. Durante su intervención, ha ofrecido una panorámica de las últimas reformas en esa materia (Código Penal y Ley Procesal en 2015), así como de las tendencias en la jurisprudencia.

En la mesa redonda sobre los límites de la prueba de ADN también han participado la magistrada del Juzgado de Instrucción nº2 de Santiago de Compostela, Margarita Guillén, y el catedrático de Medicina Legal del Instituto de Ciencias Forenses de la Universidade de Santiago de Compostela Ángel Carracedo, quien esta semana ha inaugurado el segundo curso de la Escuela de Verano, organizado bajo el título Avances científicos y su repercusión en la resolución judicial, y cuya dirección académica corresponde al vocal del Consejo General del Poder Judicial Juan Manuel Fernández.