La Audiencia de Barcelona condena a cuatro agentes de Mossos d’Esquadra por agredir y detener a un joven durante el confinamiento

Los magistrados de la sección séptima han impuesto a dos agentes, entre ellos un cabo, siete años de cárcel y 12 años de inhabilitación por los delitos de lesiones, contra la integridad moral, detención ilegal, falsedad en documento oficial y denuncia falsa, al haberse inventado un atestado para justificar el arresto

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Comunicación Poder Judicial

La sección 7ª de la Audiencia de Barcelona ha condenado a penas de hasta siete años de cárcel a cuatro agentes de los Mossos d'Esquadra por agredir y detener ilegalmente a un joven durante el toque de queda de 2020 y confeccionar un atestado falso para justificar su actuación irregular, según considera acreditado el tribunal en su sentencia.    

Los magistrados de la sección séptima han impuesto a dos agentes, entre ellos un cabo, siete años de cárcel y 12 años de inhabilitación por los delitos de lesiones, contra la integridad moral, detención ilegal, falsedad en documento oficial y denuncia falsa, al haberse inventado un atestado para justificar el arresto. Las penas para los otros dos mossos han sido inferiores: una de tres años y otra de un año de cárcel. 

Los hechos ocurrieron la noche del 13 de noviembre de 2020 en una calle de Ciutat Vella (Barcelona). Una patrulla de los Mossos paró a un grupo de jóvenes con la intención de multarles porque se habían saltado el toque de queda decretado por el Gobierno por la covid. Les pusieron contra la pared y les pidieron la documentación. El grupo estaba “calmado” y “respondía a las órdenes” del cabo que dirigía el operativo, que era “el más alterado” de todos, según la sentencia. Uno de los jóvenes le recriminó que debía haber parado a un chico que acababa de robarle cinco euros, y no a ellos, lo que “molestó sobremanera” al policía. 

Los magistrados de la Audiencia consideran que en dicha situación, el uso de la fuerza empleada por uno de los agentes, con la connivencia del otro, fue "innecesario, excesivo y por lo tanto, desproporcionado", no habiendo necesidad de recurrir a ella, ni de detener al joven "porque no había cometido ningún delito". Por lo tanto, recalca, los policías se "extralimitaron en el ejercicio de sus funciones y no actuaron en cumplimiento de su deber": "Proteger a esas personas y no agredirlas".