El Servicio de Inspección

Organización del Servicio de Inspección

El Servicio de Inspección lleva a cabo, bajo la dependencia de la Comisión Permanente, las funciones de comprobación y control del funcionamiento de los servicios de la Administración de Justicia a los que se refiere el apartado1.8ª del artículo 560 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, mediante la realización de las actuaciones y visitas que sean acordadas por el Consejo, todo ello sin perjuicio de la competencia de los órganos de gobierno de los Tribunales y en coordinación con éstos (arts. 560 y 615 de la LOPJ).

El Jefe del Servicio es nombrado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial coincidiendo su mandato con el del Consejo que lo nombró.

La Jefatura del Servicio está integrada por un magistrado/a adjunto/a y un letrado adscrito que, junto con el/la Jefe/a del Servicio, conforman la Unidad inspectora Central.  

El Servicio de Inspección está organizado con cinco unidades inspectoras, todas ellas compuestas por uno o varios  inspectores delegados y uno o varios letrados. Las unidades están organizadas por órdenes jurisdiccionales y son: la unidad civil, penal, social, contencioso-administrativa y unidad mixta que abarca los juzgados de familia, capacidad de las personas, menores y vigilancia penitenciaria.

La Sección de Estadística está integrada en el Servicio de Inspección, siendo su cometido la tramitación, ordenación y explotación de los boletines estadísticos de los órganos judiciales.

 

Funciones atribuidas a la Inspección

  1. Conocimiento y suministro de información sobre la situación de juzgados y tribunales. Con esta finalidad existen varias aplicaciones informáticas que reúnen la información disponible en relación con los órganos judiciales así como los datos profesionales de  los miembros de la carrera judicial. A partir de los datos  obtenidos, el Servicio de Inspección elabora la información sobre la situación de cada órgano jurisdiccional o sobre un  conjunto de los mismos, así como sobre la gestión y rendimiento de sus titulares.
  2. Control de la actividad de juzgados y tribunales. La función de control está orientada a verificar el grado de cumplimiento de los estándares preestablecidos en el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales, así como la situación real de los órganos y la detección de posibles desviaciones.
  3. Prevención de disfunciones en los órganos judiciales. Se realizan propuestas de planes de actuación concretos a través del conocimiento adquirido.
  4. Apoyo a la mejora de la gestión de juzgados y tribunales. Una vez efectuado el control, y a resultas del mismo, se procede a realizar un análisis de los aspectos más relevantes en relación con la organización y funcionamiento del órgano jurisdiccional así como sobre las causas que explican la situación de cada uno de ellos, con la proposición de mejoras que se consideren necesarias.
  5. Proposición a la organización judicial, así como a los entes públicos y a los demás operadores jurídicos, de la puesta en marcha de medidas y la incorporación de pautas y elementos de perfeccionamiento, en relación con la gestión y mejora de la calidad del servicio público de la Administración de Justicia.

 

Actividad del Servicio de Inspección

  1. Visitas presenciales de inspección. Por parte de las unidades inspectoras se realizan visitas ordinarias y extraordinarias a los órganos judiciales. Las ordinarias tienen como finalidad el conocimiento general y detallado del estado de cada órgano inspeccionado, las extraordinarias el conocimiento de situaciones concretas cuando la Comisión Permanente considera necesaria su realización. De las visitas de inspección se levanta un acta detallada del resultado de la inspección en la que se proponen las medidas que se considera necesario adoptar, dirigidas tanto al órgano inspeccionado como a la Jefatura del Servicio, a otros organismos o a entidades de cualquier naturaleza.
  2. Inspección virtual. Con periodicidad semestral se realiza una exhaustiva comprobación de la situación de los órganos judiciales,  basada en los datos de la sección de estadística, en los contenidos en el resto de aplicaciones informáticas del Servicio de Inspección y en la información obtenida de los órganos judiciales, en su caso. En el informe derivado de esta inspección, se hacen constar los órganos que presentan disfunciones y se realizan las propuestas internas y externas necesarias para su mejora.
  3. Informes. El Servicio de Inspección elabora todo tipo de informes que les son requeridos por la Comisión Permanente, el Promotor de la Acción Disciplinaria y los distintos Servicios y Secciones del Consejo General del Poder Judicial (medidas de refuerzo, concursos de traslado, compatibilidades, licencias etc.). Asimismo realiza informes para órganos y entidades externas cuando le son requeridos.
  4. Control del funcionamiento de los órganos judiciales.