EL TS declara nulo el despido colectivo de Celsa Atlantic por vulnerar el derecho a la huelga y a la libertad sindical

Afectó a 358 trabajadores procedentes de dos centros de trabajo del País Vasco

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Comunicación Poder Judicial

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, y ha declarado nulo  el despido colectivo de 358 trabajadores de Celsa Atlantic (Grupo Barna Steel) despedidos en dos centros de trabajo del País Vasco en mayo 2012, al día siguiente de la huelga que hicieron con motivo de un expediente de regulación de empleo tramitado inmediatamente antes en el que se pretendía el despido de una parte de la plantilla (91 trabajadores).

El Tribunal Supremo, en una nueva deliberación del recurso, ha considerado que la finalidad contraria al derecho de huelga vicia de nulidad todo el despido como acto unitario. Asimismo, estima que el despido vulnera la libertad sindical porque afecta a un medio de acción sindical colectiva como es la huelga convocada por un sindicato, cuestión que es propia del proceso de despido colectivo, con independencia de los procedimientos de despido individual que pueda interponer cada trabajador.