EL TSJ de Madrid acuerda la suspensión cautelar de la denominada “externalización sanitaria”

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Comunicación Poder Judicial

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado la medida cautelar solicitada por la Asociación de Facultativos Especialistas de Madrid (AFEM) y ha suspendido la Resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de Madrid por la que se hizo pública la convocatoria para la licitación del contrato de servicios denominado “Gestión por concesión del servicio público de la atención sanitaria especializada correspondiente a los hospitales universitarios Infanta Isabel, Infanta Leonor, Infanta Cristina, del Henares, del Sudeste y del Tajo”.

Los magistrados entienden, en primer lugar, que la AFEM está legitimada para presentar el recurso contencioso-administrativo que da lugar al presente procedimiento y, en segundo lugar, manifiestan que de no aceptarse la medida cautelar solicitada podrían darse situaciones irreversibles o de difícil y costosa reversibilidad en la asistencia sanitaria madrileña, idea que la Sala explica en los siguientes términos: “sin verter consideración alguna acerca del nuevo modelo de gestión de sanidad elegido, ni sobre cuestiones que excedan del objeto del recurso o sobre la bondad de un sistema de gestión sobre otro (…) considera que la modificación del sistema de gestión de la atención sanitaria especializada de seis hospitales es de unas dimensiones tan extraordinarias (…) que harían muy difícil, sino imposible, en caso de que no se accediera a la medida cautelar de suspensión y se estimara el recurso volver a la situación anterior.”

El recurso presentado por la AFEM, al que ahora la Sección Tercera ha dado amparo, se sustenta en la modificación de los pliegos llevada a cabo por la Administración, cuando introdujo el término “anual” respecto del importe de la adjudicación del contrato que ha de servir de referencia para fijar el 5 por 100 de la cuantía de la garantía definitiva a prestar por la parte adjudicataria.